En breve: las Instrucciones SEM 2/2026 (Secretaría de Estado de Migraciones) regulan, por primera vez de forma homogénea, cómo una persona beneficiaria de protección temporal por Ucrania puede pasar a una autorización de residencia ordinaria sin esperar al fin de la protección temporal. Se apoyan en el Real Decreto 316/2026 (14 abril), que añadió la Disposición Adicional 19ª al Reglamento de Extranjería. No es automático: hay que solicitar la autorización concreta y cumplir sus requisitos.
¿Presencial o por representante? Mixto: la mayoría de estas autorizaciones se solicitan online o por gestor; algunos pasos (toma de huellas / TIE) son presenciales con cita previa.
A qué autorizaciones puedes pasar (las 7 instrucciones):
- Residencia y trabajo (modificación, art. 191 del Reglamento) — si cumples sus requisitos. No se aplica la limitación de su apartado 7. Guía: modificación con EX-26.
- Arraigo (art. 125) — puedes pedirlo aun siendo titular de protección temporal (no aplica el art. 126.h). El tiempo en protección temporal computa para el requisito de 2 años de permanencia (art. 126.b). Guía: arraigo con protección temporal: EX-10.
- Menores de edad (arts. 159 y 160). El art. 159 (nacidos en España) se puede pedir en cualquier momento: el plazo de 6 meses para solicitarlo solo empieza a contar cuando un progenitor obtiene una autorización distinta de la protección temporal. El art. 160 (hijos no nacidos en España o bajo tutela) queda exento del requisito de 2 años de permanencia previa y de los requisitos de medios económicos y alojamiento. En ambos casos pueden solicitarlo aunque ningún progenitor haya cambiado aún de autorización. Guía: residencia del hijo menor: EX-25.
- Estudiantes — pueden modificar a residencia y trabajo (art. 191) o, si no cumplen, pedir arraigo socioformativo (art. 125.1.d). Guías: modificación con EX-26 y arraigo con protección temporal.
- Otras autorizaciones del Reglamento y de la Ley 14/2013 (emprendedores), incluida la residencia de familiares de español (capítulo VII). Guía: familiar de español con protección temporal: EX-24.
- Residencia de larga duración — el tiempo en protección temporal computa íntegramente para el plazo de 5 años de residencia legal continuada; los períodos se acumulan. Guía: larga duración desde la protección temporal: EX-11.
- Procedimiento de transición — una vez obtenida la nueva autorización, debes renunciar expresamente a la protección temporal (art. 24.1.d del RD 1325/2003). La renuncia se acredita al solicitar la TIE. Guía: renuncia a la protección temporal: cuándo y cómo.
Contexto: la protección temporal por Ucrania sigue vigente hasta el 4 de marzo de 2027 según la Orden INT/96/2026; a nivel europeo la Decisión (UE) 2026/1912 ya la prorroga hasta el 4 de marzo de 2028 (la orden española equivalente para las TIE físicas todavía no consta). A finales de marzo de 2026 había 262.830 personas con residencia en España bajo protección temporal.
Relacionado: si el trámite que elijas pide el certificado de antecedentes penales de Ucrania, mira cómo conseguirlo desde España.
Fuente oficial: Instrucciones SEM 2/2026 (PDF) · listado: Instrucciones — Migraciones.
Información orientativa; cada autorización tiene sus requisitos. Consulta la fuente oficial y a un profesional para tu caso.
