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Deducciones autonómicas La Rioja Renta 2026: hijos, alquiler y topes

Deducciones autonómicas La Rioja Renta 2026: hijos, alquiler y topes
Administración de la Agencia Tributaria en Alcorcón (Madrid). Foto: Zarateman / Wikimedia Commons, CC0 (recortada).

Contrastado con la fuente oficial: 09.10.2026 · Cómo verificamos

En breve: las deducciones autonómicas de La Rioja en la Renta 2026 son descuentos que el Gobierno de La Rioja te deja restar de la parte autonómica del IRPF, el impuesto de la declaración de la Renta. Son las del año 2026, que se declara en la campaña de 2027, y las aplica quien en 2026 es residente fiscal en La Rioja. Las principales: nacimiento o adopción (600 €, 750 € o 900 €), escuela infantil de 0 a 3 años (20 %, hasta 600 €), alquiler para menores de 36 años (10 %, hasta 300 €) y deporte (30 %, hasta 300 €). En los pequeños municipios hay más, por ejemplo 100 € al mes por cada hijo de 0 a 3 años. Solo bajan tu impuesto autonómico: si es 0, no se cobran.

¿Presencial o por representante? No hace falta ir a una oficina. Las deducciones se aplican en tu declaración de la Renta, que se presenta online con Renta WEB, identificándote con Cl@ve o certificado electrónico: Cl@ve y certificado electrónico.

Solo bajan la parte autonómica del impuesto. El IRPF se divide en una parte estatal y otra autonómica. Estas deducciones se restan solo de la autonómica (la cuota íntegra autonómica), y el resultado no puede quedar por debajo de 0 (art. 77 de la ley del IRPF). Si tu parte autonómica es 0, no recibes nada por ellas; si es menor que la deducción, solo se descuenta hasta esa cifra y el resto no se cobra. Si te retuvieron IRPF, pueden aumentar tu devolución, como mucho hasta lo retenido. Es lo contrario de las deducciones estatales por maternidad y por familia numerosa o discapacidad, que la AEAT paga aunque tu impuesto sea 0.

¿Quién puede aplicarlas? Primero, ser residente fiscal en España en 2026: en general, pasar más de 183 días del año en el país (residencia fiscal y los 183 días). Después cuenta la comunidad: eres residente en La Rioja si pasaste allí más días de 2026 que en cualquier otra, contando las ausencias temporales. Salvo prueba en contrario, cuenta el lugar de tu vivienda habitual (art. 72 de la ley del IRPF). No basta con vivir en La Rioja el 31 de diciembre: si llegaste en otoño desde otra comunidad, en 2026 aplicas las deducciones de aquella. El 31 de diciembre (la fecha de devengo) sí cuenta para la edad y para que los hijos vivan contigo. Si vivías en la Comunitat Valenciana, mira sus deducciones.

Cómo se miden los topes de ingresos. La Rioja no usa la base imponible, sino la base liquidable general (casilla 0500 de la Renta). Es la base después de reducciones como las aportaciones a planes de pensiones. Además, la base liquidable del ahorro (casilla 0510) no puede pasar de 1.800 €. No es tu sueldo bruto. Los topes son de todo o nada: si los pasas, pierdes la deducción entera.

  • 18.030 € en individual y 30.050 € en conjunta, con ahorro de hasta 1.800 €: escuela infantil (también la de pequeños municipios), alquiler, vivienda de jóvenes, internet y luz y gas de jóvenes.
  • Sin tope de ingresos: nacimiento o adopción, 100 € al mes en pequeños municipios, acogimiento, deporte, celiaquía, vivienda en pequeños municipios, actividad agraria, vehículos eléctricos y bicicletas, ELA y donativos.

Los mínimos personales y familiares son los estatales (5.550 € de mínimo personal en general). La excepción es el mínimo por discapacidad de hijos y otros descendientes, un 10 % más alto: 3.300 € con un grado del 33 % o más y 9.900 € con el 65 % o más.

Deducciones de la Renta 2026. Enlazamos las fichas de la AEAT de la Renta 2025: para 2026 el texto consolidado de la ley en el BOE mantiene las mismas cuantías, con una lista nueva de pequeños municipios.

Hijos y familia

  • Nacimiento o adopción (ficha de la AEAT). 600 € por el primer hijo, 750 € por el segundo y 900 € por el tercero y siguientes, solo el año del nacimiento o la adopción. El hijo tiene que vivir contigo el 31 de diciembre. En partos o adopciones múltiples se suman 60 € por cada hijo. Según la AEAT, para el orden se cuentan todos tus hijos, vivan o no contigo. Si el hijo vive con los dos progenitores y declaráis por separado, cada uno aplica la mitad; en conjunta, el total. Si cada progenitor tiene un número distinto de hijos anteriores, cada uno aplica el importe que le corresponde. Sin tope de ingresos.
  • Escuela infantil de 0 a 3 años (ficha de la AEAT). El 20 % de lo que pagas, sin subvenciones, a una escuela o centro de educación infantil de cualquier municipio de La Rioja, hasta 600 € por hijo. Cuentan la preinscripción y la matrícula, la asistencia en horario general y ampliado y la comida. No cuenta lo que paga tu empresa como retribución en especie exenta, por ejemplo con cheque guardería. Tienes que vivir con el niño el 31 de diciembre y tener derecho al mínimo por descendientes. El año en que cumple 3 años cuentan los gastos hasta el mes anterior. Tope: base liquidable general de 18.030 € en individual o 30.050 € en conjunta, con ahorro de hasta 1.800 €. Si los dos progenitores tienen derecho y declaran por separado, se reparte por mitad.
  • Acogimiento familiar de menores (ficha de la AEAT). 300 € por cada menor en acogimiento familiar de urgencia, temporal o permanente, o en guarda con fines de adopción, formalizado por los órganos de La Rioja. Tiene que vivir contigo 183 días o más del año. Si son más de 90 días y menos de 183, son 150 €. Varios acogimientos cortos se suman si en total pasan de 90 días. No vale si adoptas al menor ese mismo año. Si declaráis por separado, cada uno aplica el 50 %. Sin tope de ingresos.
  • Celiaquía (ficha de la AEAT). 250 € por cada persona de tu familia con enfermedad celíaca diagnosticada: tú, tu cónyuge y quienes te dan derecho al mínimo por descendientes o ascendientes. Necesitas un certificado de un médico en activo con el diagnóstico definitivo, su número de colegiado, su especialidad y las fechas de emisión y de diagnóstico. Si tienen derecho varios contribuyentes por la misma persona, se reparte a partes iguales. Sin tope de ingresos.

Vivienda y jóvenes

  • Alquiler de vivienda habitual, menores de 36 años (ficha de la AEAT). El 10 % de lo que pagas, sin subvenciones, hasta 300 € por contrato y año. Es el 20 %, hasta 400 €, si la vivienda está en un pequeño municipio del anexo I de la ley. Tienes que tener menos de 36 años el 31 de diciembre; en conjunta basta con uno de los cónyuges. La vivienda tiene que estar en La Rioja y tienes que vivir en ella. Tienes que ser titular de un contrato por el que se presentó el impuesto de transmisiones (ITP y AJD). Ese año no puedes aplicar ninguna deducción por inversión en vivienda. Tope: base liquidable general de 18.030 € en individual o 30.050 € en conjunta, con ahorro de hasta 1.800 €. En gananciales se reparte por mitad aunque el contrato esté a nombre de uno. Si dos personas tienen derecho, se reparte el máximo del contrato. Con contratos en un pequeño municipio y en otro, el total no pasa de 400 €.
  • Compra o rehabilitación de vivienda, menores de 36 años (ficha de la AEAT). El 15 % de lo que pagas por comprar o rehabilitar tu vivienda habitual en La Rioja, con una base máxima de 9.000 € al año. Tienes que tener menos de 36 años el 31 de diciembre, y la compra o la obra tiene que ser posterior al 1 de enero de 2013. Tope: 18.030 € o 30.050 €, con ahorro de hasta 1.800 €.
  • Internet para jóvenes emancipados (ficha de la AEAT). El 30 % del gasto anual en internet de tu vivienda habitual, o el 40 % si eres familia monoparental o vives en un pequeño municipio del anexo I. Es para menores de 36 años al terminar el año, con la vivienda en propiedad o en alquiler. El contrato es del año, está a tu nombre, se firmó al menos 6 meses antes del 31 de diciembre y sigue vigente ese día. Una sola vez por vivienda y contribuyente. No vale si en la vivienda se ejerce una actividad económica. Tope: 18.030 € o 30.050 €, con ahorro de hasta 1.800 €.
  • Luz y gas para jóvenes emancipados (ficha de la AEAT). El 15 % de las facturas anuales de luz o gas de tu vivienda habitual. Es el 20 % en un pequeño municipio del anexo I y el 25 % en familia monoparental. Mismas condiciones que la de internet.

Pequeños municipios y medio rural

Son los pueblos y entidades locales menores del anexo I de la ley. Desde 2026 rige la lista nueva de la Ley 9/2025: según su preámbulo, se hizo con los municipios de hasta 300 habitantes de derecho e incluye por primera vez las entidades locales menores. Cuenta que tu pueblo figure en la lista, no el número de habitantes. La lista de 2026 es más corta que la de 2025: salieron 30 municipios, por ejemplo Nalda, Alcanadre, Anguiano, Briones o Uruñuela. Compruébalo en el anexo I del texto consolidado del BOE. En varias de estas deducciones tienes que poner en la Renta el código del municipio.

  • 100 € al mes por cada hijo de 0 a 3 años (ficha de la AEAT). Es para quien vive en un pequeño municipio, o se muda a uno durante el año, y se queda allí al menos 3 años seguidos. Cuenta cada mes en el que, el último día, vives allí y tienes un hijo de 0 a 3 años con derecho al mínimo por descendientes: hasta 1.200 € al año por hijo. Si declaráis por separado, se reparte por mitad. Si te vas antes de 3 años, en la Renta del año en que te vas devuelves lo deducido más intereses de demora. No lo devuelves en caso de fallecimiento o si el cambio de residencia es obligado, por ejemplo por separación matrimonial, traslado laboral o un primer empleo o uno mejor. Sin tope de ingresos.
  • Escuela infantil o cuidadora para quien se muda al pueblo (ficha de la AEAT). El 30 % de lo que pagas a una escuela o centro infantil, o a una persona contratada para cuidar a hijos de 0 a 3 años, hasta 600 € por niño. Es para quien fija su residencia en un pequeño municipio durante el año y sigue allí el 31 de diciembre. Ese día tienes que vivir con el niño y tener derecho al mínimo por descendientes. Los progenitores tienen que trabajar fuera de casa mientras el niño va a la escuela o lo cuida esa persona. El niño tiene que ir a un centro de La Rioja al menos media jornada, o la cuidadora tiene que tener contrato y alta en la Seguridad Social. Tope: 18.030 € o 30.050 €, con ahorro de hasta 1.800 €. Si los dos progenitores tienen derecho y declaran por separado, se reparte por mitad.
  • Alquiler: el 20 %, hasta 400 € por contrato.
  • Internet y luz y gas de jóvenes: el 40 % y el 20 %.
  • Compra, construcción o rehabilitación de vivienda habitual (ficha de la AEAT). El 5 % de lo que pagas en el año, hasta 452 € por declaración, con una base máxima de 9.040 €. La compra, la obra o el inicio de la construcción tienen que ser de 2017 o posteriores. Siguen las reglas de vivienda habitual de la ley estatal de 2012. Sin tope de ingresos.
  • Empezar una actividad agraria (ficha de la AEAT). 1.000 € si vives en cualquier municipio de La Rioja y empiezas una actividad agraria como autónomo, con alta en 2025 o después (según la AEAT). Se aplica el año del alta y los dos siguientes, si mantienes la actividad y la residencia 12, 24 y 36 meses. No valen los autónomos colaboradores ni los socios de sociedades mercantiles, ni quien dejó una actividad agraria por cuenta propia en los 2 años anteriores. Si tu impuesto autonómico no alcanza, lo que falta se aplica en los 3 años siguientes, pero nunca se cobra en dinero. En conjunta, 1.000 € por cada miembro con derecho.

Deporte

  • Ejercicio físico y deporte (ficha de la AEAT). El 30 % de lo que pagas en gimnasios e instalaciones deportivas, entidades del Registro del Deporte de La Rioja, clases de deporte y licencias de federaciones riojanas. Valen tus gastos, los de tu cónyuge y los de quienes te dan derecho al mínimo personal y familiar. Es el 100 % para mayores de 65 años y personas con una discapacidad del 33 % o más. Máximo 300 € al año. Los servicios tienen que ser del año y en La Rioja, con factura completa, no simplificada. Si tienen derecho varios, se reparte. Sin tope de ingresos.

Otras. Hay más deducciones: vehículos eléctricos nuevos (15 %, hasta 300 €, o 225 € en bicicletas eléctricas). Mientras exista la deducción estatal por vehículo eléctrico, solo valen furgonetas, ciclomotores, triciclos y bicicletas eléctricas, no coches, motos ni cuadriciclos. También bicicletas sin motor (15 %, hasta 50 €), ELA (50 % de los gastos, hasta 2.000 €) y obras de adaptación de la vivienda por discapacidad (solo obras pagadas antes de 2013). También las hay por cuotas a organizaciones profesionales agrarias (hasta 100 €), donativos y patrimonio histórico (15 % o 20 %, hasta 500 €). Lista completa: AEAT, deducciones autonómicas de La Rioja.

Qué cambia en 2026

  • La escala autonómica es la misma desde 2024. La Ley 9/2025 creó un mecanismo para bajarla si la inflación de La Rioja de diciembre pasa del 3 %. En diciembre de 2025 fue del 2,6 % (INE), así que no se aplica en 2026.
  • La misma ley creó la deducción por celiaquía, con efectos desde 2025, y rehízo la lista de pequeños municipios del anexo I: la lista es más corta (salen 30 municipios).
  • La deducción por la subida de los intereses de la hipoteca solo existió en 2023, 2024 y 2025: en la Renta 2026 ya no está.
  • Nacimiento, escuela infantil, alquiler y deporte tienen en 2026 las mismas cuantías que en 2025.
  • Hasta el 31 de diciembre de 2026 todavía pueden aprobarse cambios con efecto en 2026. Si los hay, actualizaremos esta ficha.

Años anteriores: 2022 a 2025

Las deducciones de La Rioja de esos años se pueden añadir si ese año pagaste impuesto autonómico: si tu parte autonómica fue 0, no hay nada que recuperar con ellas. Las cuantías y los requisitos no fueron los mismos todos los años (por ejemplo, la deducción por la subida de los intereses de la hipoteca solo existió en 2023, 2024 y 2025, y la de celiaquía empezó en 2025). Por eso hay que comprobar cada año en el manual de la Renta de ese ejercicio. Las cifras de esta ficha son las de 2026. Para 2025 (la Renta presentada en 2026) las cuantías son las mismas, pero con la lista anterior de pequeños municipios.

  • A. Presentaste ese año: se corrige esa declaración (rectificación) con Renta WEB de ese año (AEAT, Renta de ejercicios anteriores); no se presenta otra.
  • B. No presentaste: se presenta la Renta de ese año fuera de plazo. Si sale a devolver no hay recargo. Si estabas obligado a presentarla, puede haber una multa fija de 100 €, o de 200 € si antes te llegó un requerimiento de la AEAT (art. 198 de la Ley General Tributaria). Para quien no estaba obligado no hemos encontrado una posición de la AEAT. Detalle: Renta sin presentar.

Hasta cuándo. El derecho a pedir una devolución prescribe a los 4 años (art. 66 de la Ley General Tributaria), contados desde el día siguiente al último día del plazo de cada Renta (art. 67). Según nuestro cálculo, la Renta 2022 se puede reclamar hasta el 30.06.2027, la de 2023 hasta el 01.07.2028, la de 2024 hasta el 30.06.2029 y la de 2025 hasta el 30.06.2030.

Antes de reclamar: comprueba tu situación

La declaración de un año lleva todos tus ingresos de ese año, no solo la deducción. Contesta antes estas preguntas:

  1. ¿Eras residente fiscal en España ese año? Cada año cuenta por separado: en general, más de 183 días en España (art. 9 de la ley del IRPF). Si llegaste en 2022 después de principios de julio, lo más probable es que ese año no fueras residente.
  2. ¿En qué comunidad pasaste más días ese año? Las deducciones son las de esa comunidad, no las de donde vives hoy.
  3. ¿Declaración individual o conjunta? Los topes cambian: 18.030 € de base liquidable general en individual y 30.050 € en conjunta.
  4. ¿Tu base está por debajo del tope? En La Rioja un euro de más hace perder la deducción entera, y además la base del ahorro no puede pasar de 1.800 €.
  5. ¿Pagaste impuesto autonómico ese año? Si fue 0, estas deducciones no te devuelven nada; mira las estatales, que sí se cobran.
  6. ¿Tuviste ingresos fuera de España? Por ejemplo, un FOP en Ucrania, un alquiler o trabajo en remoto. Van también en la declaración, y el resultado puede salir a pagar. Si la respuesta es sí o no lo sabes, pide primero un análisis de tu caso.
  7. ¿Cobraste adelantos de maternidad o familia numerosa (Modelos 140 y 143) o el complemento de ayuda para la infancia? Van en la misma declaración: revisa antes las fichas de maternidad y familia numerosa.
  8. ¿Presentaste la Renta de ese año? Sí: camino A. No: camino B.

Cuánto, aproximadamente

  • Fórmula: un porcentaje de lo que pagaste, hasta el máximo de la deducción (o la cantidad fija), si cumples el tope de ingresos. Lo que te descuentan, como mucho, es tu parte autonómica del impuesto (cuota íntegra autonómica).
  • Ejemplo (cálculo nuestro): tienes 28 años, haces la declaración individual, tu base liquidable general es de 16.000 € y no tienes ahorros que pasen de 1.800 € de base. Pagas 500 € al mes de alquiler, 6.000 € al año. Estás por debajo del tope de 18.030 €. El 10 % de 6.000 € son 600 €, así que te quedas en el máximo: 300 €. Con la escala riojana y el mínimo personal de 5.550 €, tu parte autonómica es de unos 928 €, y la deducción cabe entera. Con una base de 7.000 € y el mismo alquiler, tu parte autonómica sería de unos 116 €: la deducción bajaría a esa cifra y el resto no se cobraría.

Es una cifra aproximada: la cantidad exacta se conoce al presentar la declaración o la rectificación.

Otro dinero que Hacienda puede deberte. Maternidad, familia numerosa o discapacidad (que sí se cobran con impuesto 0), retenciones que no recuperaste y pensiones del extranjero: Cómo saber si Hacienda me debe dinero: Renta 2022 a 2025.

Ayuda para hacerlo

  • Calculadora gratis de la Renta 2026: nuestra calculadora IRPF 2026 aplica estas deducciones riojanas: nacimiento o adopción, escuela infantil de 0 a 3 años, alquiler para menores de 36 años y deporte. No calcula las de pequeños municipios del anexo I (alquiler y escuela infantil con importes mayores, 100 € al mes por hijo), vivienda de jóvenes, internet y luz y gas, acogimiento, celiaquía ni vehículos eléctricos.
  • Para 2022 a 2025: la calculadora de cuánto te puede devolver Hacienda cubre las deducciones estatales de maternidad, familia numerosa y discapacidad, no estas autonómicas.
  • Guía «Tu primera Renta como residente extranjero». Es un PDF disponible en la ficha de la declaración de la Renta de extranjeros residentes. Explica quién tiene que presentar, el primer año y los 183 días, Renta WEB paso a paso, ingresos del extranjero y presentación fuera de plazo. Las deducciones autonómicas que detalla son las de la Comunitat Valenciana.
  • Ayuda completa. Revisamos tu situación de 2022 a 2025: deducciones riojanas y estatales, retenciones y pensiones del extranjero. Calculamos una cantidad aproximada y te preparamos una instrucción paso a paso con capturas de pantalla para tu caso, con tus cifras. Mientras presentas, te acompañamos por chat online. Presentas tú: nunca te pedimos la Cl@ve, el certificado electrónico, el número de referencia ni contraseñas. No podemos asegurar que haya devolución ni su importe: depende de tu caso y de la AEAT, y la revisión puede mostrar que no hay nada que recuperar o que sale a pagar. Escribe a @spain_asesor: te enviamos el precio y las condiciones por mensaje privado antes de cualquier pago.

Fuente oficial: Ley 10/2017 de La Rioja, de impuestos propios y tributos cedidos, consolidada en el BOE, artículos 31 a 32 y anexo I, y ley del IRPF, arts. 72 y 77, BOE. Fichas: AEAT, deducciones autonómicas de La Rioja en la Renta 2025.

Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto. Cifras revisadas a 9 de octubre de 2026.

Fuente oficial: boe.es

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