Calculadora del IRPF 2026 para tu sueldo, por comunidades autónomas
Calcula de forma aproximada cuánto IRPF pagarás por tu sueldo en el ejercicio 2026 (la Renta que se presenta en 2027): escala estatal y la de tu comunidad, mínimos por hijos y edad, deducciones estatales y las principales de tu comunidad, y si te conviene la declaración conjunta o la individual. Sirve para todas las comunidades de régimen común y para Ceuta y Melilla. Todo se calcula en tu navegador y no guardamos tus datos; solo nos llega lo que tú decidas enviarnos desde el formulario de consulta.
Cómo usar la calculadora
- Elige la comunidad autónoma donde vives la mayor parte del año.
- Escribe tu sueldo bruto anual, el tipo de contrato, las pagas al año y tu edad.
- Si tienes el certificado de retenciones de tu empresa, escribe el IRPF que ya te han retenido: así verás si te sale a devolver o a pagar.
- Indica tu situación familiar, cuántos hijos tienes y de qué edades, si tenéis título de familia numerosa o monoparental y si viven contigo tus padres o abuelos.
- Abre «Otros ingresos y gastos» y escribe el alquiler, la guardería, los libros de texto, etc.: solo aparecen los gastos que cuentan en tu comunidad.
- Pulsa «Calcular»: verás el IRPF del año, lo que te queda de media en cada paga y, aproximadamente, qué porcentaje deberían retenerte en la nómina. Si estás casado/a, o no tienes pareja y tienes hijos, también verás si te conviene la declaración conjunta o la individual.
El desglose está en «Cómo se ha calculado»; lo que la calculadora no tiene en cuenta en tu comunidad aparece debajo del formulario.
Tu comunidad en esta calculadora: Andalucía
Deducciones autonómicas que calculamos: alquiler, nacimiento o adopción, familia numerosa, familia monoparental, discapacidad, idiomas de los hijos, deporte, veterinario.
No calculamos: Compra de vivienda protegida o por menores de 35 años, celiaquía, ayuda doméstica, defensa jurídica laboral, asistencia a familiares con discapacidad y las deducciones de 2026 por las borrascas. Veterinario: solo gastos obligatorios (vacunas, desparasitación) del animal adquirido desde 2025.
Norma: Ley 5/2021 (BOE-A-2021-17997) + Ley 8/2025. Normas revisadas el 04.10.2026.
Tu comunidad en esta calculadora: Aragón
Deducciones autonómicas que calculamos: nacimiento o adopción, cuidado de padres o abuelos, libros y material escolar, guardería.
No calculamos: Clases de refuerzo, nacimiento del 1.er y 2.º hijo en municipios pequeños, mayores de 70 años y el régimen del medio rural (importes un 20 % más altos). En Aragón no hay deducción general por alquiler de vivienda para el inquilino.
Norma: DLeg 1/2005 (texto refundido de tributos cedidos), red. Ley 17/2023. Normas revisadas el 04.10.2026.
Tu comunidad en esta calculadora: Asturias
Deducciones autonómicas que calculamos: alquiler, por cada hijo, familia numerosa, dos hijos, familia monoparental, libros y material escolar, gastos de jóvenes.
No calculamos: Partos múltiples, celiaquía, emancipación, traslado por trabajo, vehículo eléctrico y las deducciones de los concejos en riesgo de despoblamiento. La de guardería no se suma: para menores de 3 años la de 600 € por hijo siempre da más.
Norma: DLeg 2/2014, red. Ley 3/2025 y Ley 5/2025. Normas revisadas el 04.10.2026.
Tu comunidad en esta calculadora: Canarias
Deducciones autonómicas que calculamos: alquiler, nacimiento o adopción, guardería, familia numerosa, familia monoparental, discapacidad, edad, gastos médicos, libros y material escolar.
No calculamos: Estudios superiores fuera de la isla, desempleados, empleados del hogar, familiares con discapacidad, familia numerosa con un miembro con discapacidad (importe mayor) y vivienda.
Norma: DLeg 1/2009, red. Ley 5/2024. Normas revisadas el 04.10.2026.
Tu comunidad en esta calculadora: Cantabria
Deducciones autonómicas que calculamos: alquiler, nacimiento o adopción, guardería, familia monoparental, libros de texto e idiomas, gastos médicos, cuidado de padres o abuelos.
No calculamos: Municipios en riesgo de despoblamiento (alquiler y guardería con importes mayores), enfermedades raras, ayuda doméstica, cuidado de familiares con discapacidad, obras en la vivienda, nuevos residentes. Las novedades de la Ley 5/2026 (deporte y alquiler hasta 40 años con dos hijos) entraron en vigor el 1 de mayo y la ley no les da efectos desde el 1 de enero: con una lectura prudente no las sumamos para 2026; si Hacienda las aplica ya en 2026, la deducción será mayor. Nacimiento y educación se calculan a medias, como indica la AEAT para declaraciones individuales.
Norma: DLeg 62/2008, red. Ley 5/2026. Normas revisadas el 04.10.2026.
Tu comunidad en esta calculadora: Castilla y León
Deducciones autonómicas que calculamos: alquiler, nacimiento o adopción, familia numerosa, guardería, discapacidad.
No calculamos: Partos múltiples y gastos de adopción, importes del medio rural (nacimiento y alquiler más altos), empleado del hogar, vivienda rural, emprendimiento y donativos.
Norma: DLeg 1/2013, red. vigente 2026. Normas revisadas el 04.10.2026.
Tu comunidad en esta calculadora: Castilla-La Mancha
Deducciones autonómicas que calculamos: alquiler, nacimiento o adopción, familia numerosa, familia monoparental, guardería, discapacidad, edad, libros de texto e idiomas.
No calculamos: Partos múltiples, familiares con discapacidad, alquiler de jóvenes en municipios pequeños (20 %), zonas rurales y las nuevas deducciones de la Ley 1/2026 (ahorro para vivienda).
Norma: Ley 8/2013, red. Ley 1/2026. Normas revisadas el 04.10.2026.
Tu comunidad en esta calculadora: Cataluña
Deducciones autonómicas que calculamos: alquiler, nacimiento o adopción.
No calculamos: Viudedad, alquiler de víctimas de violencia machista, varios pagadores (612-10), rehabilitación de vivienda, medidas para municipios rurales y donativos.
Norma: Ley 21/2001 y Ley 5/2020, red. vigente 2026. Normas revisadas el 04.10.2026.
Tu comunidad en esta calculadora: Ceuta o Melilla
Deducciones autonómicas que calculamos: rentas en Ceuta o Melilla (60 %).
No calculamos: La deducción del 60 % por rentas que no son del trabajo (alquileres, intereses de bancos de Ceuta o Melilla, actividades) y por rentas obtenidas fuera (exige tres años de residencia y un tercio del patrimonio allí). Suponemos que viviste en Ceuta o Melilla todo el año y que todo el sueldo de la declaración (en la conjunta, también el de tu cónyuge) se gana trabajando allí; si no, la deducción real es menor.
Norma: Ley 35/2006, arts. 65, 68.4 y DA 32.ª. Normas revisadas el 04.10.2026.
Tu comunidad en esta calculadora: Comunidad de Madrid
Deducciones autonómicas que calculamos: alquiler, nacimiento o adopción, nueva familia numerosa, idiomas de los hijos, cuidado de padres o abuelos.
No calculamos: Escolaridad privada y uniformes, guardería (solo cuenta lo que no es precio público ni precio privado autorizado), empleado del hogar, matrícula de jóvenes que trabajan, intereses de hipoteca de menores de 30 y familias con ingresos bajos (art. 14).
Norma: DLeg 1/2010, red. vigente 2026. Normas revisadas el 04.10.2026.
Tu comunidad en esta calculadora: Comunitat Valenciana
Deducciones autonómicas que calculamos: alquiler, nacimiento o adopción, familia numerosa, guardería, conciliación, discapacidad, dentista, salud mental, gafas, deporte, música.
No calculamos: Deducciones valencianas menos frecuentes (enfermedades crónicas, material escolar, energía, donativos) y la de alquiler por trabajar en otro municipio.
Norma: Ley 13/1997 GVA, red. Ley 5/2026. Normas revisadas el 04.10.2026.
Tu comunidad en esta calculadora: Extremadura
Deducciones autonómicas que calculamos: trabajo por cuenta ajena, alquiler, nacimiento o adopción, cuidado de los hijos, material escolar, veterinario.
No calculamos: Partos múltiples, familiares con discapacidad, viudedad, acogimiento, municipios de menos de 3.000 habitantes, traslado a Extremadura y donativos.
Norma: DLeg 1/2018, red. Ley 2/2026. Normas revisadas el 04.10.2026.
Tu comunidad en esta calculadora: Galicia
Deducciones autonómicas que calculamos: alquiler, nacimiento o adopción, dos hijos, familia numerosa, guardería, libros y material escolar.
No calculamos: Familia numerosa: sumamos solo el importe básico (250 € general, 400 € especial); con tres o más hijos o con discapacidad puede ser mayor. Tampoco: ayuda de terceros para mayores con discapacidad, acogimiento, internet, vivienda e inversiones.
Norma: DLeg 1/2011, red. vigente 2026. Normas revisadas el 04.10.2026.
Tu comunidad en esta calculadora: Illes Balears
Deducciones autonómicas que calculamos: alquiler, nacimiento o adopción, libros de texto, idiomas de los hijos, cuidado de los hijos, discapacidad.
No calculamos: Cuidado de mayores de 65 o personas con discapacidad, aumento de intereses de hipoteca variable en 2026, estudios fuera de la isla, sostenibilidad de la vivienda. Nacimiento: usamos los importes anteriores (800 a 1.400 €), porque la Ley 4/2026 que los sube (900 a 1.800 €) entró en vigor en junio sin efectos desde enero; si Hacienda la aplica ya en 2026, la deducción será mayor. Si la deducción por nacimiento supera tu cuota, el Govern paga la diferencia aparte: aquí no se suma.
Norma: DLeg 1/2014, red. Ley 12/2023, Ley 11/2023, Ley 4/2026. Normas revisadas el 04.10.2026.
Tu comunidad en esta calculadora: La Rioja
Deducciones autonómicas que calculamos: alquiler, nacimiento o adopción, guardería, deporte.
No calculamos: Pequeños municipios del Anexo I (alquiler y guardería con importes mayores), vivienda de jóvenes, acogimiento, celiaquía y vehículos eléctricos.
Norma: Ley 10/2017, red. Ley 9/2025. Normas revisadas el 04.10.2026.
Tu comunidad en esta calculadora: Murcia
Deducciones autonómicas que calculamos: alquiler, nacimiento o adopción, guardería, material escolar, familia monoparental, discapacidad, mujeres trabajadoras, idiomas de los hijos, deporte, veterinario.
No calculamos: Gafas de menores de 12 años, enfermedades raras, empleado del hogar, acogimiento de mayores, vivienda, energías renovables y vehículo eléctrico.
Norma: DLeg 1/2010, red. Ley 3/2025. Normas revisadas el 04.10.2026.
Qué no tiene en cuenta
- Si no eres residente fiscal en España (por ejemplo, llegaste en la segunda mitad del año), no pagas IRPF sino el impuesto de no residentes (IRNR): esta calculadora no sirve para ti.
- Alquileres que cobras, ingresos del extranjero, actividad de autónomo y planes de pensiones.
- Deducciones autonómicas menos frecuentes y las versiones con importes más altos para zonas rurales o municipios pequeños, partos múltiples, hijos o familiares con discapacidad, adopción internacional, acogimiento, inversiones y donativos. Lo que no calculamos en tu comunidad aparece bajo el formulario.
- Que trabajes solo parte del año: las deducciones por hijos se calculan como si se cumplieran los requisitos todo el año.
- Los requisitos de cada deducción (pago con tarjeta, fecha del contrato, títulos oficiales): la calculadora supone que los cumples.
- Si estás obligado a presentar la Renta. Con un solo pagador lo estás si tu sueldo supera 22.000 € al año; con dos o más, si supera 15.876 € y el segundo y los siguientes suman más de 1.500 €.
- El cobro anticipado: si ya recibes cada mes la deducción por maternidad o por familia numerosa (modelos 140 y 143), en la Renta se resta lo que ya cobraste.
- Otras deducciones familiares estatales de hasta 1.200 € (art. 81 bis): por hijo, ascendiente o cónyuge con discapacidad a tu cargo, y para madre o padre separado legalmente o no casado con dos hijos sin pensión de alimentos.
- Custodia compartida: si los hijos viven también con el otro progenitor, el mínimo por hijos se reparte a medias y la declaración conjunta con los hijos (2.150 €) solo puede hacerla uno de los dos.
- Hijos de 18 a 24 años: la declaración conjunta monoparental (2.150 €) y la situación familiar 1 de la retención solo valen con hijos menores de edad; si todos son mayores, el resultado real será algo más alto.
Estimación orientativa con las normas en vigor para 2026 (Ley 35/2006 del IRPF, leyes de tributos cedidos de cada comunidad en su redacción vigente para 2026 y Orden PJC/297/2026 de cotización). No es la declaración ni asesoramiento fiscal: la cifra definitiva la da tu Renta. Actualizado el 04.10.2026.
¿Quieres revisar tu caso?
Escribe a @spain_asesor: revisamos tu situación y tu borrador de la Renta.
Preguntas frecuentes
¿El resultado es lo que pagaré en la Renta?
Es una estimación con las reglas de 2026 para un trabajador por cuenta ajena, con la escala y las principales deducciones de tu comunidad. La cifra definitiva sale de tu declaración en Renta WEB, que también tiene en cuenta datos que aquí no pedimos.
¿Por qué me retienen en la nómina una cantidad distinta?
La retención mensual es un anticipo. La empresa la calcula con la fórmula oficial, solo con lo que te paga ella y con los datos de tu Modelo 145: no ve tus otros ingresos ni las deducciones autonómicas. La diferencia con el impuesto real se regulariza en la Renta: te devuelven o pagas la diferencia.
¿Me conviene la declaración conjunta?
Suele convenir cuando uno de los cónyuges gana poco o nada: la conjunta resta 3.400 € de la base (2.150 € en familias monoparentales) pero suma los ingresos de los dos. La calculadora compara las dos opciones con tus datos.
¿Sirve para cualquier comunidad autónoma?
Sí, para las comunidades de régimen común y para Ceuta y Melilla: la mitad del impuesto se calcula con la escala, los mínimos y las principales deducciones de tu comunidad para 2026. El País Vasco y Navarra tienen su propio IRPF (régimen foral) y no los calculamos.
Sigue leyendo
- ¿Tengo que hacer la declaración de la renta?
- La retención de tu nómina no es tu impuesto
- Deducciones de la Comunitat Valenciana
- La escala valenciana 2026 y 2027
Información orientativa, no asesoramiento jurídico personalizado. Consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.