En breve: las deducciones autonómicas de Andalucía en la Renta 2026 son descuentos que la Junta de Andalucía te deja restar de la parte autonómica del IRPF, el impuesto de la declaración de la Renta. Son las del año 2026, que se declara en la campaña de 2027, y las aplica quien en 2026 es residente fiscal en Andalucía. Las principales: alquiler (15 %, hasta 1.200 € o 1.500 €), 200 € por hijo nacido o adoptado, familia numerosa (200 € o 400 €), discapacidad (150 €), deporte (15 %, hasta 100 €) y veterinario. Muchas tienen un tope de ingresos de todo o nada; la de nacimiento y la de deporte, no. Solo bajan tu impuesto autonómico: si es 0, no se cobran.
¿Presencial o por representante? No hace falta ir a una oficina. Las deducciones se aplican en tu declaración de la Renta, que se presenta online con Renta WEB, identificándote con Cl@ve o certificado electrónico: Cl@ve y certificado electrónico.
Solo bajan la parte autonómica del impuesto. El IRPF se divide en una parte estatal y otra autonómica. Estas deducciones se restan solo de la autonómica (la cuota íntegra autonómica), y el resultado no puede quedar por debajo de 0 (art. 77 de la ley del IRPF). Si tu parte autonómica es 0, no recibes nada por ellas; si es menor que la deducción, solo se descuenta hasta esa cifra y el resto no se cobra. Si te retuvieron IRPF, pueden aumentar tu devolución, como mucho hasta lo retenido. Es lo contrario de las deducciones estatales por maternidad y por familia numerosa o discapacidad, que la AEAT paga aunque tu impuesto sea 0.
¿Quién puede aplicarlas? Primero, ser residente fiscal en España en 2026: en general, pasar más de 183 días del año en el país (residencia fiscal y los 183 días). Después cuenta la comunidad: eres residente en Andalucía si pasaste allí más días de 2026 que en cualquier otra, contando las ausencias temporales. Salvo prueba en contrario, cuenta el lugar de tu vivienda habitual (art. 72 de la ley del IRPF). No basta con vivir en Andalucía el 31 de diciembre: si llegaste en otoño desde otra comunidad, en 2026 aplicas las deducciones de aquella. El 31 de diciembre (la fecha de devengo) sí cuenta para la edad, la discapacidad y el título de familia numerosa. Si vivías en la Comunitat Valenciana, mira sus deducciones.
Cómo se miden los topes de ingresos. Se comparan con tu base imponible: la suma de la base imponible general y la del ahorro (casillas 0435 y 0460 de la Renta), antes de restar el mínimo personal y familiar. No es tu sueldo bruto. Son de todo o nada: si los pasas, pierdes la deducción entera. Hay dos escalones y varias deducciones sin tope:
- Tope bajo: 25.000 € en declaración individual y 30.000 € en conjunta. Para alquiler, familia numerosa, discapacidad propia o del cónyuge y compra de vivienda protegida o por menores de 35 años.
- Tope alto: 80.000 € y 100.000 €. Para familia monoparental, asistencia a personas con discapacidad, idiomas e informática, veterinario y adopción internacional.
- Sin tope: nacimiento, deporte, celiaquía, ayuda doméstica y defensa jurídica laboral.
Deducciones de la Renta 2026. Enlazamos las fichas de la AEAT de la Renta 2025: para 2026 la ley consolidada mantiene las mismas cuantías, y se suman las deducciones por las borrascas de 2026.
Vivienda
- Alquiler de vivienda habitual (ficha de la AEAT). El 15 % de lo que pagas, hasta 1.200 € al año. Tienes que cumplir una condición el 31 de diciembre: tener menos de 35 años o más de 65, ser víctima de violencia doméstica o de terrorismo, o tener una discapacidad del 33 % o más. Con discapacidad, el máximo sube a 1.500 €. Tope bajo. Tienes que poner el NIF del casero en la declaración, y solo deduce quien es titular del contrato. En conjunta basta con que uno de los cónyuges cumpla la condición, y el máximo es por declaración. Si declaráis por separado, cada inquilino con derecho aplica su propio máximo sobre lo que pagó, sin repartir.
- Compra de vivienda protegida o por menores de 35 años. El 6 % de lo que pagas por comprar o rehabilitar tu vivienda habitual, con una base máxima de 9.040 € al año. Requisito: que sea vivienda protegida o que tengas menos de 35 años. Tope bajo. Sigue reglas de la normativa estatal de 2012: mira la ficha en la lista de la AEAT.
- Borrascas de 2026, solo en la Renta 2026. Son para viviendas habituales dañadas por las borrascas del 23 de enero al 16 de febrero de 2026. Tienen que estar en los municipios incluidos por Acuerdo del Consejo de Gobierno según el Decreto-ley 1/2026. Reparación: el 100 % de las obras pagadas sin efectivo, solo si cobras las ayudas para viviendas del Real Decreto-ley 5/2026, y como mucho tu parte autonómica del impuesto. Compra de una vivienda que sustituye a otra que no se puede reparar: el 6 %, con una base máxima de 9.040 €. Alquiler de la vivienda que la sustituye: el 15 %, hasta 1.200 €.
Hijos y familia
- Nacimiento, adopción o acogimiento (ficha de la AEAT). 200 € por cada hijo nacido o adoptado o por cada menor acogido, solo el año en que ocurre. Son 400 € si vives en un municipio de menos de 3.000 habitantes. En partos, adopciones o acogimientos múltiples se suman 200 € por hijo. Si tienen derecho dos personas, se reparte a partes iguales. Sin tope de ingresos desde 2025. No se combina con la de familia numerosa ni con la de adopción internacional. En acogimiento, el menor tiene que vivir contigo al menos 90 días del año y no puedes cobrar ayudas de la Junta por ese acogimiento.
- Familia numerosa (ficha de la AEAT). 200 € en categoría general y 400 € en especial, con el título vigente el 31 de diciembre. Tope bajo. Si declaráis por separado, se reparte a partes iguales; si uno de los dos no tiene derecho (por ejemplo, porque pasa del tope), el otro aplica todo. No se combina con la de nacimiento: solo puedes aplicar una de las dos.
- Familia monoparental (ficha de la AEAT). 100 € para la madre o el padre de una familia monoparental el 31 de diciembre. Es la del progenitor separado legalmente o sin matrimonio que vive con sus hijos menores (o mayores con discapacidad y con curador). Suma 100 € por cada ascendiente mayor de 75 años que vive con la familia y da derecho al mínimo por ascendientes. Tope alto.
- Idiomas e informática de los hijos (ficha de la AEAT). El 15 % de lo que pagas por clases de idiomas o informática, en el colegio o fuera, hasta 150 € por hijo con derecho al mínimo por descendientes. Fuera del colegio valen academias, escuelas oficiales de idiomas y profesores particulares dados de alta en el IAE. Tope alto. La aplica quien paga.
- Ayuda doméstica (ficha de la AEAT). El 20 % de las cotizaciones a la Seguridad Social que pagas como empleador por una persona empleada de hogar, hasta 500 € al año, si estás de alta como titular del hogar en Andalucía. Vale si eres madre o padre de hijos con derecho al mínimo y tienes ingresos de trabajo o actividad (con cónyuge o pareja inscrita, los dos tenéis que tenerlos), o si tú o tu pareja tenéis 75 años o más. Sin tope de ingresos.
Discapacidad
- Contribuyente con discapacidad (ficha de la AEAT). 150 € si tienes una discapacidad del 33 % o más. También cuentan las pensiones de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. Tope bajo.
- Cónyuge o pareja de hecho con discapacidad. 100 € si tu cónyuge o pareja inscrita tiene una discapacidad del 65 % o más y no presenta su propia declaración individual. Tope bajo. No vale si tu pareja ya aplicó la anterior.
- Asistencia a personas con discapacidad (ficha de la AEAT). 100 € por cada hijo o ascendiente con discapacidad por el que aplicas el mínimo por discapacidad. Tope alto. Si además necesita ayuda de otra persona y tienes contratada a una empleada de hogar, puedes restar el 20 % de la cuota fija que pagas a la Seguridad Social, hasta 500 €. Por la misma persona empleada no se suma con la de ayuda doméstica.
Deporte, salud y otros gastos
- Deporte (ficha de la AEAT). El 15 % de las cuotas de gimnasio, centro deportivo, club o federación, hasta 100 € por contribuyente. Valen las tuyas, las de tu pareja y las de los hijos o padres por los que aplicas el mínimo. Sin tope de ingresos.
- Veterinario (ficha de la AEAT). El 30 % de los gastos veterinarios obligatorios (vacunas, desparasitación y esterilización cuando es obligatoria), hasta 100 € por contribuyente. Solo para animales adquiridos desde el 1 de enero de 2025, y por los gastos del primer año (3 años si es adopción; todo el tiempo si es un perro de asistencia). Necesitas factura de un veterinario autorizado. Tope alto.
- Celiaquía (ficha de la AEAT). 100 € por cada miembro de la familia con enfermedad celíaca diagnosticada, con informe médico oficial. Sin tope de ingresos.
- Defensa jurídica laboral (ficha de la AEAT). Lo que pagaste por tu defensa jurídica en juicios por despido, fin de contrato o reclamación de cantidades, hasta 200 €. Sin tope de ingresos.
Otras. Hay más deducciones: adopción internacional (600 € por hijo, tope alto) y donativos con fin ecológico (10 %, hasta 150 €). También la hay por invertir en acciones de sociedades andaluzas: 20 %, hasta 4.000 €, o 50 %, hasta 12.000 €, en empresas de universidades o centros de investigación. Lista completa: AEAT, deducciones autonómicas de Andalucía.
Qué cambia en 2026
- La Ley 8/2025, del presupuesto de 2026, cambió varias deducciones con efectos desde el 1 de enero de 2025. Subió los máximos del alquiler, quitó el tope de ingresos de la de nacimiento y creó las de deporte, veterinario y celiaquía. Para 2026 siguen igual.
- El Decreto-ley 1/2026 crea las deducciones por las borrascas, solo para 2026.
- La escala y los mínimos andaluces no cambian.
- Hasta el 31 de diciembre de 2026 todavía pueden aprobarse cambios con efecto en 2026. Si los hay, actualizaremos esta ficha.
Años anteriores: 2022 a 2025
Las deducciones de Andalucía de esos años se pueden añadir si ese año pagaste impuesto autonómico: si tu parte autonómica fue 0, no hay nada que recuperar con ellas. Las cuantías y los requisitos no fueron los mismos todos los años (por ejemplo, el alquiler y el nacimiento cambiaron en 2025, y el deporte y el veterinario no existían antes). Por eso hay que comprobar cada año en el manual de la Renta de ese ejercicio. Las cifras de esta ficha son las de 2026.
- A. Presentaste ese año: se corrige esa declaración (rectificación) con Renta WEB de ese año (AEAT, Renta de ejercicios anteriores); no se presenta otra.
- B. No presentaste: se presenta la Renta de ese año fuera de plazo. Si sale a devolver no hay recargo. Si estabas obligado a presentarla, puede haber una multa fija de 100 €, o de 200 € si antes te llegó un requerimiento de la AEAT (art. 198 de la Ley General Tributaria). Para quien no estaba obligado no hemos encontrado una posición de la AEAT. Detalle: Renta sin presentar.
Hasta cuándo. El derecho a pedir una devolución prescribe a los 4 años (art. 66 de la Ley General Tributaria), contados desde el día siguiente al último día del plazo de cada Renta (art. 67). Según nuestro cálculo, la Renta 2022 se puede reclamar hasta el 30.06.2027, la de 2023 hasta el 01.07.2028, la de 2024 hasta el 30.06.2029 y la de 2025 hasta el 30.06.2030.
Antes de reclamar: comprueba tu situación
La declaración de un año lleva todos tus ingresos de ese año, no solo la deducción. Contesta antes estas preguntas:
- ¿Eras residente fiscal en España ese año? Cada año cuenta por separado: en general, más de 183 días en España (art. 9 de la ley del IRPF). Si llegaste en 2022 después de principios de julio, lo más probable es que ese año no fueras residente.
- ¿En qué comunidad pasaste más días ese año? Las deducciones son las de esa comunidad, no las de donde vives hoy.
- ¿Declaración individual o conjunta? Los topes cambian: 25.000 € o 30.000 € en el escalón bajo, 80.000 € o 100.000 € en el alto.
- ¿Tu base imponible está por debajo del tope? En Andalucía un euro de más hace perder la deducción entera.
- ¿Pagaste impuesto autonómico ese año? Si fue 0, estas deducciones no te devuelven nada; mira las estatales, que sí se cobran.
- ¿Tuviste ingresos fuera de España? Por ejemplo, un FOP en Ucrania, un alquiler o trabajo en remoto. Van también en la declaración, y el resultado puede salir a pagar. Si la respuesta es sí o no lo sabes, pide primero un análisis de tu caso.
- ¿Cobraste adelantos de maternidad o familia numerosa (Modelos 140 y 143) o el complemento de ayuda para la infancia? Van en la misma declaración: revisa antes las fichas de maternidad y familia numerosa.
- ¿Presentaste la Renta de ese año? Sí: camino A. No: camino B.
Cuánto, aproximadamente
- Fórmula: un porcentaje de lo que pagaste, hasta el máximo de la deducción (o la cantidad fija), si cumples el tope de ingresos. Lo que te descuentan, como mucho, es tu parte autonómica del impuesto (cuota íntegra autonómica).
- Ejemplo (cálculo nuestro): tienes 30 años, haces la declaración individual, tu base imponible es de 20.000 € y pagas 600 € al mes de alquiler, 7.200 € al año. Estás por debajo del tope de 25.000 €. El 15 % de 7.200 € son 1.080 €, menos que el máximo de 1.200 €. Con la escala andaluza y su mínimo personal de 5.790 €, tu parte autonómica es de unos 1.525 €, y la deducción cabe entera. Con una base de 7.000 € y el mismo alquiler, tu parte autonómica sería de unos 115 €: la deducción bajaría a esa cifra y el resto no se cobraría.
Es una cifra aproximada: la cantidad exacta se conoce al presentar la declaración o la rectificación.
Otro dinero que Hacienda puede deberte. Maternidad, familia numerosa o discapacidad (que sí se cobran con impuesto 0), retenciones que no recuperaste y pensiones del extranjero: Cómo saber si Hacienda me debe dinero: Renta 2022 a 2025.
Ayuda para hacerlo
- Calculadora gratis de la Renta 2026: nuestra calculadora IRPF 2026 aplica las deducciones andaluzas por alquiler, nacimiento, familia numerosa, familia monoparental, tu propia discapacidad, idiomas e informática de los hijos, deporte y veterinario. En veterinario solo cuenta los gastos obligatorios de un animal adquirido desde 2025. No calcula compra de vivienda protegida o por menores de 35 años, celiaquía, ayuda doméstica, defensa jurídica laboral, asistencia a familiares con discapacidad ni las de las borrascas de 2026.
- Para 2022 a 2025: la calculadora de cuánto te puede devolver Hacienda cubre las deducciones estatales de maternidad, familia numerosa y discapacidad, no estas autonómicas.
- Guía «Tu primera Renta como residente extranjero». Es un PDF disponible en la ficha de la declaración de la Renta de extranjeros residentes. Explica quién tiene que presentar, el primer año y los 183 días, Renta WEB paso a paso, ingresos del extranjero y presentación fuera de plazo. Las deducciones autonómicas que detalla son las de la Comunitat Valenciana.
- Ayuda completa. Revisamos tu situación de 2022 a 2025: deducciones andaluzas y estatales, retenciones y pensiones del extranjero. Calculamos una cantidad aproximada y te preparamos una instrucción paso a paso con capturas de pantalla para tu caso, con tus cifras. Mientras presentas, te acompañamos por chat online. Presentas tú: nunca te pedimos la Cl@ve, el certificado electrónico, el número de referencia ni contraseñas. No podemos asegurar que haya devolución ni su importe: depende de tu caso y de la AEAT, y la revisión puede mostrar que no hay nada que recuperar o que sale a pagar. Escribe a @spain_asesor: te enviamos el precio y las condiciones por mensaje privado antes de cualquier pago.
Fuente oficial: Ley 5/2021 de Tributos Cedidos de Andalucía, texto consolidado en el BOE, artículos 9 a 22 quater, y ley del IRPF, arts. 72 y 77, BOE. Fichas: AEAT, deducciones autonómicas de Andalucía en la Renta 2025.
Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto. Cifras revisadas a 8 de octubre de 2026.