En breve: la tasa 790 012 (también «tasa 012» o «modelo 790 012») es el impreso con el que se paga la tramitación del NIE, la TIE, el certificado de registro de residente comunitario, la carta de invitación y otros documentos que gestiona la Policía Nacional. La tasa 790 052 es la de las autorizaciones de residencia que tramita la Oficina de Extranjería. Cada una se genera en su sede y el importe lo fija una Orden del Estado (tabla abajo, revisada el 17.10.2026).
¿Presencial o por representante? Mixto. La 012 se rellena por internet, se imprime y se paga en un banco. La 052 se puede pagar por internet con certificado digital, DNIe o Cl@ve, o en un banco con el impreso. Las páginas oficiales no dicen si otra persona puede pagar por ti. En el pago online de la sede de Administraciones Públicas, el NIF del certificado debe coincidir con el titular de la cuenta que paga.
Qué tasa va con cada trámite
- Tasa 790 012 (Policía Nacional). El formulario de la sede de la Policía agrupa estos trámites: prórroga de estancia; algunas autorizaciones de residencia (inicial por circunstancias excepcionales por razones humanitarias, colaboración con autoridades, seguridad nacional o interés público; inicial para mujeres víctimas de violencia de género o sexual y casos afines; renovación de residencia temporal por circunstancias excepcionales); TIE y certificados de registro de residentes comunitarios; documentos para indocumentados y otros (cédula de inscripción, documento de identidad de refugiado, apátrida o protección subsidiaria, títulos de viaje, autorización de regreso, autorización excepcional de entrada o estancia, asignación de NIE, certificados o informes); carta de invitación (autorización, expedición y compulsa); y visado de tránsito y de estancia en frontera. El arraigo no figura en el formulario 012.
- Tasa 790 052 (Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno). La sede la titula «Tramitación de autorizaciones de residencia y otra documentación a ciudadanos extranjeros». Nuestras tarjetas de arraigo social y de los otros arraigos la usan para la autorización de residencia.
- Tasa 790 062. Es la de las autorizaciones de trabajo. En las de trabajo por cuenta ajena paga el empleador (art. 46 de la Ley Orgánica 4/2000), salvo en el servicio doméstico a tiempo parcial o discontinuo, donde paga el propio trabajador; es nulo cualquier pacto por el que el trabajador asuma esta tasa (art. 46.2). La FAQ de la sede la describe como la que pagan las empresas que contratan. El art. 47 exime de la tasa por las autorizaciones para trabajar a los nacionales iberoamericanos, filipinos, andorranos y ecuatoguineanos, los sefardíes, los hijos y nietos de español de origen y los extranjeros nacidos en España, y su texto termina con «cuando pretendan realizar una actividad lucrativa, laboral o profesional, por cuenta propia»; confirma en la hoja informativa si se aplica a tu caso.
- Aviso oficial: la página de elección de provincia del impreso 052 dice que, para la TIE (toma de huellas), se paga la tasa 012 y no la 052.
- Casos dudosos: de las circunstancias excepcionales, el formulario 012 incluye la autorización inicial por razones humanitarias, colaboración, seguridad nacional o interés público, la inicial para víctimas de violencia de género o sexual y casos afines, y la prórroga o renovación de residencia temporal por circunstancias excepcionales (16,40 €, epígrafe 2.4). El arraigo no figura en el formulario 012 y nuestras tarjetas de arraigo usan la 052. Lo realmente dudoso es la prórroga: el formulario 012 tiene la renovación por circunstancias excepcionales, así que para prorrogar tras un arraigo comprueba la hoja informativa de tu procedimiento. No pudimos abrir esas hojas el 17.10.2026 porque el acceso automático estaba bloqueado.
Requisitos
- Tasa 012: ninguno aparte de elegir bien el trámite. El formulario es público y no pide certificado.
- Tasa 052 online: DNIe, otro certificado digital admitido o acceso con Cl@ve, y una cuenta bancaria. Para imprimir el impreso basta un lector de PDF. Cómo conseguir Cl@ve y el certificado.
- Paga la tasa la persona a cuyo favor se concede la autorización o se expide el documento (art. 46 de la Ley Orgánica 4/2000); en el impreso 052 figura quien solicita.
Documentos
- NIE o número de identidad del que paga (el formulario 012 pide «N.I.F./N.I.E.»). Si aún no lo tienes, mira cómo solicitar el NIE.
- Nombre y apellidos, domicilio completo y localidad.
- El trámite exacto que vas a pedir (y, si es la 052, la provincia donde presentarás la solicitud).
- Para la TIE: la tasa pagada es uno de los documentos de la cita, junto con el impreso EX-17. Detalle en cómo obtener la TIE y en cómo rellenar el EX-17.
Dónde: cómo generar la tasa 790 012 y la 790 052
- Tasa 012, en la sede de la Policía. Abre la página de la tasa 790 código 012 y pulsa «Rellenar formulario y descargar» (el formulario). Pide N.I.F./N.I.E., nombre, domicilio, el tipo de autoliquidación («Principal»), el trámite, localidad, fecha, forma de pago y un código de seguridad. Al pasar el ratón por el botón de cada trámite sale su importe. Termina con «Descargar impreso rellenado», que sale en PDF para imprimir. La página no describe pago online de la 012.
- Tasa 052, en la sede de Administraciones Públicas. Abre la página de la tasa 052. Hay dos vías. Por internet: pago y registro electrónico (entras con certificado o Cl@ve, eliges provincia, «Realizar Pago» en la pasarela de la Agencia Tributaria y «Firmar y Enviar» el registro; después descargas el justificante). Con impreso: formulario de la tasa 052 (eliges provincia, «Obtener Documento» y lo imprimes). La página insiste en que el trámite solo está completo si haces todos los pasos.
- Estado del pago y justificante: en Expedientes de tasas (con certificado) ves si el pago está registrado y descargas el justificante.
- Tasa 062: página de la tasa 062, mismo funcionamiento que la 052.
Coste
Importes de la Orden PJC/617/2025 (BOE 16.06.2025, epígrafe entre paréntesis), con la tasa que les corresponde según la página de cada sede. La Policía publica además su propia tabla de tasas, que coincide con la Orden salvo en un importe (ver «Actualización»):
- Con la 012: asignación de NIE a instancia del interesado, 9,84 € (5.12). TIE de primera concesión, 16,08 € (4.2). TIE de renovación, 19,30 € (4.3). TIE de larga duración, 21,87 € (4.5). TIE de familiares de españoles y certificado de registro de residente comunitario, 12 € (4.1 y 4.6). Autorización de carta de invitación, 75,05 € (5.14); expedición, 6,54 € (5.15); compulsa de cada documento, 1,05 € (5.16).
- Con la 052: autorización inicial de residencia temporal, 10,94 € (epígrafes 2.1.x). Renovación de residencia temporal, 16,40 € (2.2.x). Residencia por arraigo, 38,28 € (2.3.1). Residencia de larga duración, 21,87 € (2.6).
- Tasa 062: los importes de trabajo están en la sección 3 de la misma Orden.
- Cómo leerlo: cada cifra es lo que se paga por el trámite, no por el impreso.
- Actualización: el artículo 1.2 de la Orden dice que las cuantías se incrementan al inicio de cada ejercicio según las leyes de Presupuestos. El análisis del BOE no recoge ninguna modificación posterior a 17.10.2026. No hay Ley de Presupuestos para 2026: el Ministerio de Hacienda publica la prórroga del Presupuesto para 2026 (art. 134.4 de la Constitución), así que por esa vía no consta una subida para 2026. La sede muestra el importe del trámite al elegirlo: si no coincide con esta lista, pregunta en tu oficina antes de pagar (por ejemplo, para la compulsa de la carta de invitación la Orden fija 1,05 € y la tabla de tasas de la Policía muestra 1,09 €).
- El importe sale del epígrafe elegido: en la 052 online la aplicación lo calcula sola y no se escribe a mano (FAQ de la sede).
Plazos
- Diez días para pagar, desde la presentación de la solicitud o, en algunos casos de trabajo, desde el alta en la Seguridad Social (disposición adicional 12.ª del Real Decreto 1155/2024). El texto no aclara si son hábiles o naturales: confírmalo con tu oficina.
- Si ya tienes NIE y presentas por vía electrónica, la misma disposición dice que la tasa se paga en el acto de presentación, desde que la Administración tenga implantado el sistema. Consulta cómo funciona en Mercurio.
- La Administración comprueba de oficio que la tasa se ha pagado una vez admitida la solicitud (misma disposición). Para la TIE, la tasa 012 pagada se lleva a la cita de huellas junto con el EX-17.
Qué hacer si te equivocas
- Pagaste de menos o quieres completar un pago: el formulario 012 tiene la opción «Complementaria»: indicas el número de justificante que figura sobre el código de barras del impreso principal y el importe, y adjuntas el justificante de pago.
- Elegiste mal el trámite o pagaste de más (052 y 062): la sede de Administraciones Públicas tiene la devolución de tasas pagadas indebidamente. Se dirige a la Delegación o Subdelegación del Gobierno que tramita el expediente, con formulario electrónico o modelo en papel, y llevas los originales del pago. La página no indica plazo.
- Tasa 012: no hemos encontrado una página oficial de devolución ni de corrección de un impreso 012 ya pagado (búsqueda del 17.10.2026). Pregunta ante la oficina donde presentas la solicitud.
- Errores técnicos al pagar online: según la FAQ de la sede, necesitas un certificado digital válido instalado en el navegador; con el DNIe, introdúcelo en el lector antes de entrar.
- Si pagaste la 052 para una TIE, la sede dice que para la TIE corresponde la 012. No hemos encontrado qué trámite sigue ese error.
Pasos
- Mira qué tasa lleva tu trámite: NIE, TIE, certificado UE o carta de invitación, la 012; autorización de residencia en la Oficina de Extranjería, la 052.
- Tasa 012: abre la sede de la Policía, pulsa «Rellenar formulario y descargar» y elige el trámite exacto (el importe sale al pasar el ratón).
- Rellena identificación, domicilio, «Principal» y forma de pago, escribe el código de seguridad y descarga el impreso en PDF.
- Tasa 052: abre su página, elige provincia y paga online con certificado o Cl@ve, o descarga el impreso.
- Paga el impreso en un banco colaborador (imprime todas las páginas) o completa el pago online y el registro.
- Guarda el justificante y llévalo o adjúntalo con la solicitud. En las autorizaciones, el plazo para pagar es de diez días.
Fuente oficial: Policía Nacional, tasa 790 código 012; sede de Administraciones Públicas, tasa 052; Orden PJC/617/2025. Cita para la huella: cita previa de extranjería. Los términos NIE y TIE, en el glosario.
Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.