Extranjeros
Servicios Consulta Contacto ES · EN · UK

Requisitos TIE por primera vez: cómo solicitarla en España

Requisitos TIE por primera vez: cómo solicitarla en España
Comisaría Provincial de la Policía Nacional, Málaga. Foto: Tyk / Wikimedia Commons, CC BY-SA 3.0 (recortada).

Contrastado con la fuente oficial: 09.10.2026 · Cómo verificamos

En breve: la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) es la tarjeta física que acredita tu autorización de residencia en España y contiene tu NIE. Se obtiene después de que la residencia haya sido concedida y hay que solicitarla personalmente en el plazo de un mes (art. 209 del RD 1155/2024). Abajo tienes los requisitos y documentos para sacar el TIE por primera vez y los pasos (cita previa, huellas y recogida).

¿Presencial o por representante? Presencial obligatoria. El art. 209.1 exige solicitarla «personalmente», y el propio impreso EX-17 dice que solo se presenta de forma personal ante la Policía Nacional, no por internet ni en registros públicos. La TIE incluye tu imagen facial y dos huellas dactilares, que se toman a partir de los 6 años (Reglamento (CE) 1030/2002, arts. 4 bis y 4 ter). La tarjeta se entrega al interesado, que acredita ser su destinatario y haber pagado la tasa (art. 209.11). Ninguna norma que hayamos encontrado regula expresamente la recogida por otra persona; el art. 209.3 atribuye al titular las actuaciones para su obtención y entrega, así que cuenta con ir tú. Otra persona sí puede ayudarte a pedir la cita previa o a pagar la tasa.

Importante: la TIE no es el NIE. El NIE es solo un número; la TIE es la tarjeta que documenta tu situación legal y lleva ese número (ver glosario). Tienen derecho y deber de obtener la TIE todas las personas extranjeras con visado o autorización para permanecer en España más de seis meses (art. 209.1). La TIE tiene el mismo periodo de vigencia que la autorización que la justifica y pierde validez cuando esa autorización caduca (art. 209.7). No se obtiene en el mismo acto que la resolución de tu residencia: primero te conceden la autorización, y luego tramitas la tarjeta. Para hacerlo se reserva cita previa de extranjería, se acude a la toma de huellas y, cuando la tarjeta está lista, se recoge.

✈️ Con la TIE puedes viajar por Europa. Con la TIE en vigor y el pasaporte válido puedes moverte por el resto del espacio Schengen hasta 90 días en cualquier periodo de 180 (estancias cortas, no para trabajar ni residir fuera de España). Llevas siempre los dos documentos y no sirve el resguardo ni la TIE «en trámite». Reglas, límites y trampas: Viajar por Schengen con tu residencia.

Documentos (verifica la lista exacta en tu cita/oficina, puede variar según el tipo de autorización):

  • Resolución de concesión de tu autorización de residencia (o el documento que acredite el derecho).
  • Formulario EX-17 — «Solicitud de Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)» (modelo oficial, inclusion.gob.es); qué es cada formulario EX y dónde descargarlo: formularios EX de extranjería.
  • Tasa modelo 790, código 012 abonada (la cuantía varía según el tipo de tarjeta).
  • Pasaporte o documento de viaje en vigor (original y copia).
  • Una fotografía reciente, tamaño carné, fondo blanco.
  • En su caso, justificante de empadronamiento y la documentación específica de tu tipo de autorización.
Esquema para obtener la TIE: resolución concedida, solicitud en un mes con EX-17 y tasa 790-012, cita previa, huellas en persona y recogida de la tarjeta
Pasos para obtener la TIE tras la concesión de la residencia (art. 209 del RD 1155/2024; huellas: Reglamento (CE) 1030/2002).

Pasos:

  1. Reúne la documentación (resolución de concesión, EX-17, tasa 790-012 pagada, pasaporte, foto).
  2. Pide cita previa para «toma de huellas / expedición de TIE» en la sede de Administraciones Públicas (icpplus).
  3. Acude en persona a la cita: presentas el EX-17 y los documentos, y te toman las huellas dactilares (Reglamento (CE) 1030/2002, art. 4 ter).
  4. Recoge la tarjeta cuando esté lista: se entrega al interesado, que acredita ser su destinatario (art. 209.11).

Fuente oficial: art. 209 del RD 1155/2024 (BOE-A-2024-24099) y modelos de solicitud — Ministerio de Inclusión (inclusion.gob.es). (La sede de la Policía Nacional, dueña de la cita y la toma de huellas de la TIE, está temporalmente inaccesible; la cita se gestiona en la sede de Administraciones Públicas.) Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.

Fuente oficial: boe.es

En vídeo: esta guía explicada

Requisitos TIE por primera vez: cómo solicitarla en España

Pedir la guía

—

💳 Pagar con Bizum o tarjeta — 9 €Sin Telegram: deja un teléfono o email y te enviamos los datos de pago 📲 Pagar en Telegram — 9 €Con ⭐ Stars o Bizum; la guía llega al bot

Te escribimos con los detalles y formas de pago. Sin spam.

Pide una guía o haz una pregunta

Dinos qué guía necesitas o tu pregunta — la recibimos y te respondemos por Telegram.

Sin spam. No es asesoramiento jurídico individual.

Información orientativa, no asesoramiento jurídico personalizado. Consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.

¿Tienes una pregunta sobre tu caso?

Describe tu situación y tus preguntas — las estudiamos y te respondemos por escrito. El primer vistazo es gratis.

Dejar mis preguntas →

Si lo prefieres, también directamente a @spain_asesor en Telegram (mejor por el formulario).

📣 Novedades y cambios de normativa — en el canal: Unirme al canal de Telegram

Recibe la guía gratis

Recibir en Telegram

Guía «Nacionalidad española en 2 años», al instante

o por email

Sin spam · privacidad

¿No encontraste lo que buscas? Escríbenos en Telegram →