En breve: cómo rellenar el formulario EX-19, el impreso oficial de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE (Real Decreto 240/2007): 5 apartados, solo en español. PDF gratuito en inclusion.gob.es.
¿Presencial o por representante? La hoja informativa oficial (Hoja 62) indica que la solicitud la presenta el propio familiar, en persona. El impreso tiene un apartado de representante (3) y la Hoja 60 admite representación, pero las dos hojas no coinciden: si quieres enviar a alguien, confírmalo antes en tu Oficina de Extranjería. Las huellas exigen ir en persona al menos una vez (Reglamento (UE) 2025/1208, art. 10.1).
1) DATOS DE LA PERSONA EXTRANJERA (solicitante): PASAPORTE; N.I.E.; 1er Apellido; 2º Apellido; Nombre; Sexo (1): H hombre, M mujer, X indefinido (solo si lo tienes reconocido en tu país de origen); Fecha de nacimiento (2): dd/mm/aaaa, con Lugar y País. Nacionalidad; Estado civil (3): S soltero, C casado, V viudo, D divorciado, Sp separado; Nombre del padre; Nombre de la madre. Domicilio en España con Nº, Piso, Localidad, C.P. y Provincia; Teléfono móvil; E-mail. Representante legal, en su caso, con NIE/PAS y Título (4): la base de la representación, como padre o madre del menor.
2) DATOS DEL CIUDADANO DE LA UNIÓN [...] (NO ESPAÑOL): el familiar europeo. PASAPORTE, N.I.E., apellidos, Nombre, Nacionalidad y Domicilio en España, como en 1).
3) DATOS DEL REPRESENTANTE A EFECTOS DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD (5): quien presenta, si no es el solicitante (ver paso 2).
4) DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES: a quién y dónde se notifica; incluye la casilla CONSIENTO (ver paso 3).
5) SITUACIÓN EN ESPAÑA DEL SOLICITANTE (7), marca la opción que corresponda: RESIDENCIA TEMPORAL/INICIAL, como Cónyuge; Pareja registrada; Pareja estable debidamente probada; Descendiente <21 años; Descendiente >21 años a cargo; Ascendiente a cargo; Progenitor de menor de edad ciudadano de la UE; Otros familiares. RESIDENCIA PERMANENTE. RENOVACIÓN DE TARJETA. MANTENIMIENTO A TÍTULO PERSONAL DEL DERECHO DE RESIDENCIA, por Fallecimiento del ciudadano de la UE; Nulidad del vínculo matrimonial, divorcio y cancelación de la inscripción como pareja registrada; Víctima de violencia de género, violencia sexual y trata de seres humanos; Otros (custodia de hijos, derecho de visitas).

Pasos:
- Descarga el PDF oficial del EX-19 o su versión editable. Es gratuito y el impreso prohíbe su venta: no pagues por él. Los demás impresos EX están en formularios EX de extranjería.
- Rellena los apartados 1 a 5 en MAYÚSCULAS, con bolígrafo negro y letra de imprenta o a máquina; fechas como dd/mm/aaaa. Ojo: el apartado 2 es solo para un ciudadano de la UE que no sea español; con un familiar español la vía es otra (EX-24). Aun así, la Hoja 62 admite el EX-19 para el familiar de un español que haya ejercido la libre circulación (por ejemplo, vivió en otro país de la UE). En ese caso, pregunta en tu oficina cómo rellenar el apartado 2. El apartado 3 solo si presenta otra persona (nota 5): Nombre/Razón Social; DNI/NIE/PAS; domicilio, contacto y Representante legal como en 1), con Título (4).
- Apartado 4: Nombre/Razón Social, DNI/NIE/PAS, domicilio, teléfono y e-mail de quien recibe las notificaciones; si queda vacío, se notifica al solicitante. Casilla CONSIENTO: recibir las notificaciones en la Dirección electrónica habilitada Única (Dehú), lo que exige certificado electrónico válido o cl@ve (6). Teléfono y e-mail permiten un aviso informativo cuando hay una notificación pendiente.
- Indica en «DIRIGIDA A» la oficina, con su Código DIR3 y la PROVINCIA. Si no los conoces, pregunta en tu Oficina de Extranjería.
- Marca la casilla de responsabilidad sobre la veracidad de los datos y de la documentación (8), pon lugar y fecha, y firman el ciudadano de la UE y el solicitante (o sus representantes legales). En los supuestos de mantenimiento (fallecimiento, divorcio, etc.) el impreso no aclara esta firma: pregúntalo en tu oficina.
- Reúne la documentación: el impreso no la lista ni indica las tasas. Según nuestra ficha de la tarjeta, hace falta acreditar el vínculo familiar (traducido y, cuando proceda, apostillado o legalizado) y tener un pasaporte válido; según el RD 240/2007 (art. 8.3), también el certificado de registro del ciudadano de la UE y, si procede, la prueba de estar a cargo. La tasa es el modelo 790 código 052, epígrafe 5, según la Hoja 62. El resto figura en las hojas informativas de cada procedimiento. No estás obligado a aportar documentos elaborados por una Administración o ya presentados antes en un procedimiento (8).
- Presenta original y copia del impreso con la documentación. Para la primera tarjeta, el RD 240/2007 (art. 8.2) fija el lugar y el plazo: la Oficina de Extranjeros de la provincia donde vayas a residir o, en su defecto, la Comisaría de Policía, en los 3 meses siguientes a tu entrada en España. Al presentarla te dan en el acto un resguardo que acredita tu estancia legal hasta la entrega de la tarjeta. Si hace falta cita previa, confírmalo en tu oficina; para renovación y residencia permanente, mira el plazo en la hoja informativa.
- Huellas: en persona (Reglamento (UE) 2025/1208, art. 10.1). La primera tarjeta se expide en los 3 meses siguientes a la solicitud y vale 5 años, o menos si la residencia prevista del ciudadano de la UE es más corta (RD 240/2007, arts. 8.4 y 8.5); la de residencia permanente también se expide en 3 meses y es renovable cada 10 años (art. 11.1).
Fuente oficial: formulario EX-19 (PDF, inclusion.gob.es) · modelos generales · RD 240/2007.
Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.