Ayudas compra vivienda jóvenes Comunitat Valenciana: el DOGV del 2 de noviembre de 2026 publica la convocatoria y el plazo para pedirlas va del 3 al 16 de noviembre. Hay 6.320.000 € en total, hasta 15.000 € por vivienda, y la solicitud es solo electrónica durante 10 días hábiles, es decir, del 3 al 16 de noviembre de 2026.
Qué cambia para ti hoy
Si tienes menos de 36 años y compras (o vas a comprar) tu vivienda habitual en un municipio de hasta 10.000 habitantes de la Comunitat Valenciana, puedes pedir la ayuda del 3 al 16 de noviembre. Las bases de octubre ya no son un aviso de algo futuro: hay presupuesto, plazo y formulario. El plazo es corto. Las condiciones están más abajo, tal como las fija la convocatoria. Si compras fuera de la Comunitat Valenciana o en un municipio mayor, no cambia nada para ti. Los requisitos y los pasos, con sus excepciones, están en la ficha de la ayuda.
Qué ha pasado
La Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad firmó la convocatoria el 20 de octubre de 2026 y el DOGV número 10484 la publicó el 2 de noviembre. Es la segunda pieza de esta ayuda: la primera fueron las bases reguladoras (las reglas), que explicamos en la noticia del 6 de octubre. Lo nuevo hoy es el dinero (6.320.000 € de fondos propios de la Generalitat), el plazo y el enlace al trámite electrónico.
Cómo es ahora
Hasta el 2 de noviembre solo existían las bases: sin plazo, sin presupuesto y sin formulario. Para comprar vivienda siendo extranjero sigues necesitando el NIE (cómo pedirlo) y pagando los impuestos de la compra (ITP, IVA y AJD). La guía general está en comprar vivienda siendo extranjero.
Qué cambia
- Dinero: 6.320.000 € en total. Cada vivienda recibe hasta 15.000 €, con el límite del 20 % del coste de compra; entre dos compradores se reparte según la cuota de cada uno.
- Quién: personas mayores de edad con menos de 36 años, con ingresos anuales hasta 5 veces el IPREM de 2026 (el índice oficial con el que se miden los ingresos; 5,5 veces con discapacidad del 33 % o más, 6 veces con el 65 % o más).
- Extranjeros no comunitarios: residencia legal en España y NIE en vigor. Para españoles, de la UE, del EEE y de Suiza no hace falta esa condición.
- Vivienda: hasta 250.000 €, en un municipio o núcleo de hasta 10.000 habitantes, comprada por un máximo de dos personas. Hay que vivir en ella al menos 5 años y ocuparla en 3 meses desde la entrega.
- Contrato: vale haber firmado desde el 1 de enero de 2026 o poder firmarlo. Con contrato ya firmado, se aporta al solicitar; sin contrato, te comprometes a aportarlo en 6 meses desde la publicación de la concesión.
- Otra vivienda: si ya eres titular de una vivienda, hay que aportar documentación que acredite que no puedes disponer de ella.
- Cómo se concede: solo cuenta el momento en que tu solicitud está completa. No hay puntos por ingresos ni por situación personal.
- Compatible con otras ayudas, siempre que el total no pase del coste de la compra.
Qué pasará ahora
- El plazo corre 10 días hábiles desde el 3 de noviembre. Contado así, el último día es el 16 de noviembre de 2026; confirma la fecha en la sede de la Generalitat.
- Cada persona presenta una sola solicitud; si presenta varias, cuenta la última. Si la vivienda tiene dos titulares, cada uno presenta la suya.
- Si falta algo, la administración da 10 días para completarlo y publica el aviso en la guía PROP de la Generalitat. Si no lo completas, la solicitud se da por desistida, y el orden de entrada lo marca el momento en que quede completa.
- La resolución llega en un máximo de 3 meses desde que termina el plazo; sin ella, se entiende desestimada. Se publica en el DOGV y sirve de notificación.
- El pago es único, por transferencia, cuando aportes la escritura (o el contrato privado con aval o seguro de las entregas a cuenta) donde conste la subvención como parte del pago (si compraste antes de la convocatoria y desde el 1 de enero de 2026, no hace falta modificar la escritura). Después hay que acreditar con el empadronamiento que ocupas la vivienda en 3 meses.
Qué puedes hacer
- Comprueba edad, residencia legal con NIE, ingresos y que el municipio de la vivienda tiene 10.000 habitantes o menos, con las condiciones de esta noticia y el texto del DOGV.
- Ten listo el certificado digital o Cl@ve para firmar la solicitud (guía); no hay otra vía de presentación.
- Reúne el contrato de compraventa o la escritura, si ya los tienes, y los datos de tu cuenta bancaria. Los datos de identidad, Hacienda, Seguridad Social, padrón y catastro los consulta la Conselleria si lo autorizas en el formulario; si te opones, tendrás que aportar esos certificados.
- Presenta la solicitud en el trámite de la sede electrónica de la Generalitat que indica la convocatoria (procedimiento 113373).
- No cuentes con la ayuda para cerrar la compra: el crédito puede agotarse antes de resolver tu expediente.
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Fuente oficial: DOGV 10484, resolución de 20 de octubre de 2026.
Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.