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Ayudas compra vivienda jóvenes Comunitat Valenciana 2026: hasta 15.000 € en pueblos pequeños

Ayudas compra vivienda jóvenes Comunitat Valenciana 2026: hasta 15.000 € en pueblos pequeños
Ayuntamiento de València. Foto: Diego Delso / Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0 (recortada).

Contrastado con la fuente oficial: 06.10.2026 · Cómo verificamos

En breve: las ayudas compra vivienda jóvenes Comunitat Valenciana 2026 dan hasta 15.000 € (como máximo el 20 % del precio de compra) a menores de 36 años que compren su vivienda habitual en un municipio de hasta 10.000 habitantes. Las bases salieron en el DOGV el 6 de octubre de 2026; la convocatoria, con el plazo para pedirla, todavía no.

¿Presencial o por representante? Online. La solicitud se presenta solo por vía electrónica; también la puede presentar otra persona si actúa debidamente autorizada por esa misma vía. La escritura de compraventa se firma aparte ante notario (ver comprar vivienda siendo extranjero).

Qué es. Una subvención de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad de la Generalitat, dentro del Plan estatal de vivienda 2026-2030. La resolución del 1 de octubre de 2026 solo fija las reglas (bases reguladoras). Se concede por orden de entrada de solicitudes completas, hasta agotar el crédito: no cuenta quién gana menos, sino quién presenta antes el expediente completo.

Quién puede pedirla:

  • Persona mayor de edad y menor de 36 años al solicitar. Si firmaste la compra antes de la convocatoria, pero a partir del 1 de enero de 2026, cuenta tu edad el día de la firma.
  • Nacionalidad española, de la UE, del EEE o suiza. Si eres extranjero no comunitario: residencia legal en España y NIE en vigor. Las bases entienden por residencia legal ser titular de una autorización de residencia. Cómo sacar el número: NIE.
  • Ingresos anuales hasta 5 veces el IPREM (el índice oficial con el que se miden los ingresos, en cómputo anual con dos pagas extra). El umbral sube a 5,5 veces con discapacidad reconocida del 33 % o más y a 6 veces con el 65 % o más. El IPREM del año lo fijará la convocatoria. Los ingresos se comprueban con datos de la Agencia Tributaria del último periodo con plazo ya vencido.
  • Contrato de compra firmado desde el 1 de enero de 2026, o estar en condiciones de firmarlo. Vale también una vivienda en construcción.
  • No ser propietario ni usufructuario de otra vivienda en España. Excepciones: no puedes usarla por separación o divorcio, por una causa ajena a tu voluntad o por discapacidad, o solo tienes una parte de ella recibida por herencia o por sucesión sin testamento.
  • Empadronamiento: las bases no piden estar empadronado antes en el municipio. Sí exigen empadronarte en la vivienda comprada (ver abajo). Cómo hacerlo: empadronamiento.

La vivienda:

  • En un municipio o núcleo de hasta 10.000 habitantes de la Comunitat Valenciana, según las cifras del padrón del INE vigentes el año de la convocatoria.
  • Precio de compra de hasta 250.000 €. Si garaje y trastero van incluidos sin desglosar, para este límite la vivienda se valora al 80 % del precio total con garaje, al 95 % con trastero y al 75 % con ambos.
  • Comprada por un máximo de dos personas, como residencia habitual y permanente durante al menos 5 años, y ocupada en un máximo de 3 meses desde la entrega.

Cuánto dan. Hasta 15.000 € por vivienda, con el límite del 20 % del precio que figure en la escritura. Ejemplo: con un precio de 60.000 € el 20 % es 12.000 €, y esa es la ayuda máxima. Con dos compradores se reparte según la cuota de cada uno. Se paga de una sola vez por transferencia. Impuestos, notaría, registro y gastos financieros no cuentan como gasto subvencionable.

Qué no sabemos todavía. La fecha de la convocatoria, el presupuesto total, el año del IPREM y la lista exacta de documentos para pedirla. Las bases fijan el plazo de solicitud en 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGV. La resolución llega en un máximo de 3 meses desde que termina el plazo; sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada. La página del trámite que citan las bases mostraba el 6 de octubre «procedimiento no encontrado».

Documentos (de las bases; la convocatoria puede añadir más y la lista puede estar incompleta):

  • NIE en vigor y autorización de residencia, si eres extranjero no comunitario.
  • Contrato de compraventa si firmaste antes de la convocatoria, o la escritura si la compra ya está formalizada.
  • Tus datos fiscales: la administración los consulta en la Agencia Tributaria; si faltan, puede pedirte una declaración responsable de ingresos.
  • Grado de discapacidad reconocido, solo si aplicas el umbral de ingresos más alto.
  • Cuenta bancaria para la transferencia.
  • Después de la compra: certificado o volante único de empadronamiento en la vivienda.
Esquema de la ayuda a la compra de vivienda para jóvenes: requisitos, convocatoria, solicitud electrónica, resolución con escritura y empadronamiento durante 5 años
Pasos de las bases reguladoras (Resolución de 1 de octubre de 2026, DOGV 10466 de 6 de octubre de 2026).

Pasos:

  1. Comprueba que cumples edad, residencia legal con NIE, ingresos y que el municipio tiene 10.000 habitantes o menos.
  2. Vigila en el DOGV la convocatoria: ahí están el presupuesto y el plazo de 10 días hábiles.
  3. Ten listo el certificado digital o Cl@ve para firmar electrónicamente (guía).
  4. Presenta la solicitud completa en la sede electrónica de la Generalitat. Si falta algo, tienes 10 días improrrogables para subsanar; el orden de entrada lo marca la fecha de la subsanación.
  5. Tras la concesión, aporta la escritura con la subvención como parte del pago (o el contrato privado con aval o seguro de las entregas a cuenta). Si compras después de la concesión, tienes 6 meses desde su publicación en el DOGV.
  6. Empádronate en la vivienda en 3 meses desde la entrega y vive en ella 5 años. Comunica cualquier cambio de condiciones en 15 días.

Obligaciones y riesgos. Si dejas de usar la vivienda como residencia habitual antes de 5 años, tienes que devolver la ayuda. Se consideran justificadas dos causas: cambiar de domicilio por trabajo, o vender y reinvertir todo en otra vivienda habitual. La ayuda es compatible con otras, pero el total no puede superar el coste de la compra. La administración revisa al menos el 10 % de los expedientes pagados.

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Fuente oficial: DOGV 10466, resolución de 1 de octubre de 2026 (PDF).

Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.

Fuente oficial: dogv.gva.es

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