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Becas MEC (beca general) para extranjeros: requisitos y cómo pedirla

Becas MEC (beca general) para extranjeros: requisitos y cómo pedirla
Rectorado de la Universidad Complutense de Madrid. Foto: Carlos Delgado / Wikimedia Commons, CC BY-SA 3.0 (recortada).

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En breve: las becas MEC (la beca general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes) las pueden pedir extranjeros que cumplan los requisitos de nacionalidad, residencia, renta y notas. La convocatoria 2026-2027 ya cerró el 19 de mayo de 2026, y la del curso 2027-2028 no estaba publicada el 17.10.2026.

¿Presencial o por representante? Online. La solicitud se rellena y se firma por vía electrónica en la sede del Ministerio; si el estudiante es menor de 18 años, la firma es de su representante legal (art. 47). La convocatoria también admite presentar en registros, oficinas de correos y oficinas consulares de España, pero solo como vía adicional (art. 48.3).

Estado de la convocatoria

  • La de 2026-2027 estuvo abierta del 7 de abril de 2026 al 19 de mayo de 2026 a las 15:00 (hora peninsular). El plazo inicial acababa el 18 de mayo; se prorrogó un día por una incidencia técnica.
  • Después del plazo solo se aceptan solicitudes, hasta el 31 de diciembre de 2026, si falleció el sustentador principal de la familia o se jubiló de forma forzosa. Se presentan en la comunidad autónoma o la universidad (art. 48.2).
  • Cada curso tiene su propia convocatoria. Si ya estudias este curso y no pediste la beca en plazo, no hay vía ordinaria hasta la siguiente.

Requisitos

Nacionalidad y residencia (lo que más preguntan los extranjeros)

  • Español o nacional de un Estado miembro de la UE (art. 15.d de la convocatoria y art. 4.1.d del Real Decreto 1721/2007).
  • Ciudadanos de la UE y sus familiares con derechos de libre circulación y residencia: residencia permanente o acreditar trabajo por cuenta propia o ajena. Para la beca de matrícula estos requisitos no se exigen. «Familiares» son el cónyuge o la pareja legal, los ascendientes directos a cargo y los descendientes directos a cargo menores de 21 años.
  • Extranjeros no comunitarios: la convocatoria no da una lista propia y aplica la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros. En la Ley Orgánica 4/2000, el art. 9.1 reconoce a los menores de 18 años el acceso al sistema público de becas en las mismas condiciones que los españoles, y el art. 9.2 lo reconoce a los extranjeros residentes mayores de 18 años.
  • Fecha que cuenta: estos requisitos deben cumplirse a 31 de diciembre de 2025. Solo para quienes piden por estatuto de refugiado o protección subsidiaria, el permiso de residencia puede obtenerse hasta el 30 de junio de 2026.
  • Lo que el texto no resuelve: no define «residente» ni menciona de forma expresa a quien tiene estancia por estudios. La Ley Orgánica 4/2000 distingue estancia y residencia (art. 29.1) y autoriza a los estudiantes en régimen de estancia (art. 33.1); el art. 9.2 habla de residentes. Para menores de 18 años, el art. 9.1 no pide residencia. No hemos encontrado una norma oficial leída que diga si esa situación cuenta. Antes de pedirla, pregunta a la unidad de becas de tu universidad o a la del Ministerio. Sobre esa autorización, estancia por estudios.

Estudios, notas y renta

  • Matrícula en 2026-2027 en una de las enseñanzas del art. 3: Bachillerato, FP de grado medio y superior, enseñanzas artísticas y deportivas, idiomas en escuelas oficiales, Grado y Máster oficiales, entre otras. Quedan fuera doctorado, especialización y títulos propios de las universidades. En universidad y enseñanzas artísticas superiores, las tasas deben pagarse a una universidad o centro español (art. 3).
  • No tener ya un título oficial de igual o superior nivel al de los estudios para los que pides la beca, a 30 de septiembre de 2026 (art. 15.a), con excepciones para máster y créditos complementarios de grado.
  • Notas: cada nivel tiene su requisito académico (arts. 21 a 39). Por ejemplo, para primer curso de Grado se pide una calificación de acceso de 5,00 puntos (art. 24.1) y para Máster, nota media de 5,00 en los estudios previos (art. 29.1).
  • Renta y patrimonio de la familia: cuenta la renta de 2025 de los miembros computables (art. 16) y hay límites de patrimonio (art. 20). Los umbrales de renta de 2026-2027, en euros por año (art. 19), son:
    • 1 miembro: umbral 1 de 8.843 €, umbral 2 de 13.898 €, umbral 3 de 14.818 €
    • 2 miembros: 13.264 €, 23.724 €, 25.293 €
    • 3 miembros: 17.685 €, 32.201 €, 34.332 €
    • 4 miembros: 22.107 €, 38.242 €, 40.773 €
  • Cada umbral decide un componente: el umbral 1 abre la cuantía ligada a la renta, el 2 la de residencia y la variable, y el 3 la beca de matrícula, la excelencia académica y la beca básica (arts. 5 a 10). Los fija el Real Decreto 179/2026.

Cuantías (curso 2026-2027)

  • Beca de matrícula: el precio público de los créditos matriculados por primera vez (universidad y enseñanzas artísticas superiores).
  • Cuantía fija ligada a la renta: 1.700 €. Cuantía fija ligada a la residencia durante el curso: 2.700 €. Solo si por la distancia al centro necesitas vivir fuera del domicilio familiar durante el curso y acreditas gastos de alquiler o residencia; nunca más que el coste real (art. 7). Quien alega independencia familiar no la recibe (art. 17.3).
  • Excelencia académica: de 50 € a 125 €, según la nota media (desde 8,00 puntos).
  • Beca básica de enseñanzas no universitarias: 300 € (350 € en Ciclos Formativos de Grado Básico). Cuantía variable: mínimo de 60 €.
  • Con matrícula de 48 a 59 créditos (universidad y enseñanzas artísticas superiores), la cuantía ligada a la renta es de 350 € y la ligada a la residencia, de hasta 350 €, en lugar de 1.700 € y 2.700 € (arts. 11.2, 23.2.a y 28.2.a).
  • Hay cantidades adicionales para domicilio insular, Ceuta y Melilla y para estudiantes con discapacidad (arts. 12 y 13). La beca básica es incompatible con la cuantía ligada a la renta (art. 9.3).

Documentos

  • La convocatoria no incluye una lista cerrada de documentos. Abajo van los que cita el texto; los órganos de selección pueden pedir más (arts. 47 y 51).
  • NIF o NIE de la persona que pide la beca y de cada miembro computable de la familia, con el número de soporte (IDESP o IXEPS) o la fecha de caducidad del documento (art. 47.2). Si aún no tienes NIE, mira cómo solicitarlo y la TIE.
  • Certificado municipal de empadronamiento o convivencia cuando cuentan como miembros los abuelos que viven en el domicilio o hay custodia compartida (art. 17.1); la convivencia se mira a 31 de diciembre de 2025. Mira cómo obtener el certificado de empadronamiento.
  • Cuenta corriente o libreta de la que seas titular o cotitular, para el pago (art. 47.4).
  • Si tus ingresos familiares o tus notas son de otro país, el órgano de selección te pedirá la documentación que considere necesaria, y los ingresos se pueden consignar en la moneda del país, convertidos al tipo oficial más bajo del primer día hábil de 2026 (art. 61.2).
  • Quien alega independencia familiar y económica debe justificar medios propios suficientes y la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual (art. 17.3).

Estudios y títulos del extranjero, y homologación

Los extranjeros que piden la beca deben acreditar los requisitos en la forma que fije el órgano de selección y declarar el nivel de su titulación académica (art. 61.1). Cuando el expediente viene de una universidad o un centro extranjero, la comisión de selección fija la equivalencia de las notas con el sistema decimal español, asignatura por asignatura (arts. 22.7, 30.8 y 32.9). La convocatoria no menciona la homologación como requisito. El título ya obtenido se tiene en cuenta en el art. 15.a y en el art. 40.d, que obliga a declarar si se posee o se está en condiciones legales de obtener un título del mismo nivel o superior. La homologación de un título universitario o de FP es otro trámite, con su propia ruta.

Dónde: cómo se solicita

  • En línea: sede electrónica del Ministerio, sede.educacion.gob.es, o educacionyfp.gob.es, con firma electrónica del solicitante. La convocatoria habla de «cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede»; confirma allí cuáles admite y, si no tienes ninguno, mira cómo conseguir Cl@ve o certificado. Las solicitudes sin enviar del todo no se tienen en cuenta: conserva el resguardo (art. 47.1).
  • Seguimiento: «Mis expedientes» en la sede (art. 51.11), o la unidad de becas con tu NIE. La concesión y las propuestas de denegación se notifican en «Mis Notificaciones», previo correo electrónico de aviso (art. 52.4).
  • País Vasco y Cataluña: la convocatoria no se aplica a quienes tienen vecindad administrativa en el País Vasco y cursan estudios universitarios o superiores no universitarios, a los alumnos no universitarios de centros situados en el País Vasco, ni a los alumnos con domicilio familiar en Cataluña, en estudios presenciales y no presenciales (art. 68). Mira la web de tu comunidad.
  • Portal del Ministerio de becas: becaseducacion.gob.es. No pudimos abrirlo de forma automática el 17.10.2026; confirma allí la convocatoria vigente.

Plazos

  • Convocatoria 2026-2027: del 7 de abril de 2026 al 19 de mayo de 2026 a las 15:00 (hora peninsular). Solicitudes tardías, hasta el 31 de diciembre de 2026, solo por fallecimiento o jubilación forzosa del sustentador principal.
  • Si te piden subsanar documentos, tienes diez días desde el requerimiento; si no lo haces, se archiva (art. 51.1).
  • La resolución se publica en la web del Ministerio; las solicitudes que no aparezcan publicadas se entienden denegadas (art. 52.7). Contra ella cabe recurso de reposición en un mes o recurso ante la Audiencia Nacional (art. 57).
  • Convocatoria 2027-2028: no publicada el 17.10.2026. No damos fecha porque no hay anuncio oficial.

Coste

  • No hay tasa de solicitud en el texto de la convocatoria. Los estudiantes universitarios que solicitan la beca pueden formalizar la matrícula sin pagar antes el precio público de los créditos matriculados por primera vez (art. 54.1), aunque las secretarías pueden pedir el pago de forma cautelar a quien no cumpla los requisitos (art. 54.2).

Pasos

  1. Mira en la web del Ministerio y en la sede si hay convocatoria abierta, y si tus estudios están entre los del art. 3.
  2. Comprueba nacionalidad, estatus y residencia con los requisitos de arriba, y pregunta a la unidad de becas si tu situación no aparece claramente.
  3. Reúne NIF o NIE de todos los miembros computables de la familia, los datos de tu cuenta bancaria y, si te afecta, el certificado municipal de convivencia.
  4. Rellena la solicitud en línea y fírmala con el sistema de firma electrónica que acepte la sede; conserva el resguardo.
  5. Sigue el estado en «Mis expedientes» y descarga las notificaciones en «Mis Notificaciones».
  6. Si el órgano de selección pide subsanar algo, responde en diez días.

Fuente oficial: BOE, extracto de la Resolución de 23 de marzo de 2026 (becas generales 2026-2027), BOE, prórroga del plazo y ficha de la convocatoria en la BDNS. Para el reconocimiento de títulos: homologación de título universitario. Si estudias con protección internacional o temporal por Ucrania, mira también las becas universitarias de 2026-2027 para esos colectivos. Los términos NIE y TIE, en el glosario.

Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.

Preguntas frecuentes

¿Pueden los extranjeros pedir las becas MEC?

Sí, con condiciones. La convocatoria 2026-2027 pide ser español o nacional de un Estado de la UE; para ciudadanos UE y familiares, residencia permanente o trabajo (no hace falta para la beca de matrícula). Los extranjeros no comunitarios se rigen por la normativa de extranjería, que da acceso a las becas a menores de 18 años y a residentes mayores de 18.

¿Qué requisitos de residencia pide la beca general?

Para no comunitarios, la convocatoria remite a la Ley Orgánica 4/2000: el art. 9.2 habla de residentes mayores de 18 años y el art. 9.1 no pide residencia a menores de 18. Los requisitos deben cumplirse a 31 de diciembre de 2025; solo para refugio o protección subsidiaria el permiso de residencia puede obtenerse hasta el 30 de junio de 2026. El texto no dice si la estancia por estudios, que esa ley distingue de la residencia, cuenta como residencia: pregunta a la unidad de becas.

¿Cuándo es el plazo de la beca general 2026-2027?

La solicitud estuvo abierta del 7 de abril de 2026 a las 8:00 hasta el 19 de mayo de 2026 a las 15:00 (hora peninsular), tras una prórroga por una incidencia técnica; el plazo inicial acababa el 18 de mayo. Solo se admiten solicitudes tardías, hasta el 31 de diciembre de 2026, si falleció el sustentador principal o se produjo su jubilación forzosa. La convocatoria 2027-2028 aún no estaba publicada el 17.10.2026.

¿Cómo se hace la solicitud de la beca MEC?

Se rellena en línea en la sede electrónica del Ministerio (sede.educacion.gob.es) o en educacionyfp.gob.es, y se firma con un sistema de firma electrónica que acepte la sede. Si no completas el envío, la solicitud no cuenta; guarda el resguardo. Los miembros computables de tu familia firman también la autorización para consultar sus datos.

¿Cuánto dinero da la beca general?

Depende de renta y estudios. En 2026-2027 las cuantías fijas son 1.700 € ligada a la renta, 2.700 € ligada a la residencia si vives fuera del domicilio familiar por los estudios, entre 50 y 125 € por excelencia académica y 300 € de beca básica (350 € en Grado Básico), más una cuantía variable de al menos 60 €. A universitarios se suma la matrícula de los créditos matriculados por primera vez.

Fuente oficial: boe.es

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