En breve: las ayudas autónomos Madrid 2026 que puedes mirar en cualquier momento, sin esperar a una convocatoria, son de tres tipos: las del Estado (tarifa plana, pago único del paro y microcrédito), las de la Comunidad de Madrid (Tarifa Cero, ayuda al alta para personas en paro, abono de cuotas tras el pago único y el aval de Avalmadrid) y el asesoramiento público (PAE y viveros del Ayuntamiento). La Tarifa Cero y la ayuda al alta se conceden mientras haya presupuesto y se piden online en la sede de la Comunidad. Importes, plazos y requisitos exactos cambian cada año: mira siempre la página oficial de cada una.
Ayudas estatales (valen también en Madrid)
- Tarifa plana: 80 € al mes más el MEI (0,9 %), 88,64 € en total, durante 12 meses, según la guía de Import@ss de la Seguridad Social. Se pide en el mismo alta.
- Pago único del paro: cobrar de una vez la prestación por desempleo que te queda para invertirla en tu actividad. Se pide antes del alta. En Madrid, como autónomo individual, se pide al SEPE, online en su sede electrónica o en la oficina con cita previa; si montas una sociedad mercantil, una cooperativa o una sociedad laboral, en la sede de la Comunidad de Madrid.
- Microcrédito MicroBank: es un préstamo que se devuelve, no una ayuda. La Comunidad de Madrid lo cita entre las vías de financiación para emprendedores.
Comunidad de Madrid
Las ayudas de la Comunidad se piden online en su sede, con firma electrónica. Las dos primeras se conceden mientras haya crédito presupuestario, y el importe de cada año depende del presupuesto.
- Tarifa Cero (la «cuota cero» madrileña, nombre con el que mucha gente la busca). La Comunidad subvenciona las cuotas reducidas o bonificadas y el MEI que pagas a la Seguridad Social por los incentivos de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, como la tarifa plana. Según su nota de prensa, cubre el 100 % de las cotizaciones del primer año de actividad, ampliable a un segundo. Hay una segunda línea para mayores de 52 años que dejaron de cobrar el subsidio para mayores de 52 años al darse de alta: se calcula con la mensualidad que dejaron de cobrar, hasta un máximo de 12 meses.
- Tarifa Cero, requisitos y plazos: tener la actividad en la Comunidad de Madrid, estar acogido a una cuota reducida o bonificada y estar al corriente con Hacienda (estatal y de la Comunidad) y con la Seguridad Social. No se pide el día del alta, sino después de pagar las cuotas: en general, en los 3 meses siguientes a cada periodo de 12 meses. La resolución puede tardar hasta 6 meses y el silencio es denegación. No es compatible con el abono de cuotas tras el pago único. No es la «cuota cero» anunciada por la Generalitat Valenciana: esa está en la ficha de la tarifa plana.
- Ayuda al alta para personas en paro (desempleados que se constituyen por cuenta propia). Paga el 80 % de los gastos justificados de arranque (notaría, asesoría, licencias, seguros, software, publicidad y similares): como máximo 5.600 € en general y 6.200 € para colectivos como menores de 30 años, mujeres en paro, mayores de 45, parados de larga duración, víctimas de violencia de género o de terrorismo o personas con discapacidad de al menos el 33 %. El gasto mínimo justificado es de 1.000 € (ayuda mínima de 800 €).
- Ayuda al alta, requisitos y plazos: estar inscrito como demandante de empleo en la Comunidad de Madrid al menos un día en los 15 días anteriores al inicio de la actividad, no haber hecho la misma actividad en los 6 meses anteriores, ejercerla en la Comunidad y estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social. Se pide después de empezar y de pagar los gastos, dentro de los 3 meses desde el inicio; fuera de plazo se inadmite. Hay que mantener el alta al menos 2 años.
- Abono de cuotas tras el pago único: para quien capitalizó el paro. Como autónomo, como máximo el 50 % de la cuota mínima de cotización. Se pide en los 6 meses desde el alta. No es compatible con la Tarifa Cero, así que hay que elegir.
Financiación
- Avalmadrid: sociedad de garantía recíproca que ayuda a pymes, autónomos y emprendedores de la Comunidad de Madrid a conseguir financiación con su aval. Tiene una línea para nuevos autónomos que invierten en local y equipos o en digitalizar el negocio. La Comunidad de Madrid la incluye en su apoyo a la financiación. Condiciones e importes, en su web y con su gestor.
Ayuntamiento, Cámara de Comercio y PAE
- Ayuntamiento de Madrid: 10 espacios para empresas nuevas: viveros de empresas en Carabanchel, Moratalaz, Puente de Vallecas, San Blas, Vicálvaro y Villaverde, tres factorías industriales y el Madrid Food Innovation Hub. Requisitos y plazas, en la ficha de cada centro.
- Cámara de Comercio: las cámaras asesoran a quien quiere crear una empresa, según la Cámara de España. Los programas de Madrid, en la web de la Cámara de Comercio de Madrid.
- Asesoramiento y alta: los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) de la Comunidad de Madrid son públicos: dan información sobre ayudas y Seguridad Social, orientan sobre las formas de empresa (autónomo, SRL) y inician la constitución por el sistema electrónico DUE. Hace falta cita previa. El servicio de asesoramiento a emprendedores pone un asesor personal para la idea, el plan de empresa y la financiación; para pedir cita hay que registrarse antes en el Portal de Emprendedores con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
Si eres extranjero
- Antes de cualquier ayuda, tu permiso tiene que dejarte trabajar por cuenta propia. La Ley Orgánica 4/2000 (art. 36.1) exige autorización de residencia y trabajo a los mayores de 16 años para cualquier actividad lucrativa, también por cuenta propia. El art. 37 pide cumplir lo que se exige a los nacionales para abrir la actividad, inversión suficiente y capacidad de generar empleo; la autorización inicial se limita a una comunidad autónoma como máximo y a un sector.
- El Real Decreto 1155/2024 desarrolla esa autorización en los arts. 82 a 87: la inicial dura 1 año, con límite de una comunidad autónoma y un sector (art. 83); tras la renovación, 4 años y sin esos límites (art. 87). Si tu autorización es por cuenta ajena, el art. 73.5 permite además una actividad por cuenta propia mientras la cuenta ajena siga siendo la principal. La residencia temporal por circunstancias excepcionales, como el arraigo, lleva trabajo por cuenta propia o ajena sin límite territorial ni sectorial (art. 131); la excepción es el arraigo socioformativo, que solo permite trabajar por cuenta ajena, hasta 30 horas semanales.
- Con protección temporal, la web Ucrania Urgente del Ministerio de Inclusión lista entre los derechos trabajar por cuenta propia o ajena. Si no eres de la UE, la guía de la Seguridad Social pide NIE, número de la Seguridad Social y permiso de trabajo y residencia para el alta.
- En las ayudas: la Tarifa Cero pide actividad en la Comunidad de Madrid y estar acogido a una cuota reducida. La ayuda al alta pide permiso de trabajo y residencia vigente si eres extranjero no comunitario. En Avalmadrid, el microcrédito, los viveros y el resto, confirma los requisitos de nacionalidad y permiso con la entidad que los gestiona.
- Pasos y orden del alta, en la ficha del alta de autónomo extranjero; la autorización por cuenta propia para quien vive fuera de España, en residencia y trabajo por cuenta propia; los impuestos, en impuestos del autónomo extranjero.
¿Y las convocatorias de esta semana?
La tabla de debajo muestra las convocatorias abiertas ahora en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, del Estado, de la Comunidad de Madrid y de ayuntamientos, y se actualiza cada día. Madrid publica pocas ahí, y las ayudas de arriba se tramitan en la sede de la Comunidad, así que no siempre aparecen en la tabla. Las condiciones y el plazo exacto de cada convocatoria están solo en su texto oficial: ábrela antes de preparar nada.
Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.