En breve: la Protección Temporal para personas desplazadas de Ucrania se solicita en persona en un CREADE o comisaría de Policía Nacional habilitada (con cita previa por teléfono). Otorga residencia, trabajo, asistencia sanitaria y estudios y está vigente hasta el 4 de marzo de 2028 (Decisión de Ejecución (UE) 2026/1912).
¿Presencial o por representante? Comparecencia personal obligatoria: la solicitud se formula en persona ante la Policía, que toma foto y huellas (art. 2 Orden PCM/169/2022). No se admite representante ni vía online.
Quién puede: ucranianos residentes en Ucrania antes del 24 feb 2022 (regular o irregular en España); otras nacionalidades con protección/residencia legal en Ucrania que no puedan volver con seguridad; ciertos familiares.
Desde el 5 de agosto de 2026, quien presente una nueva solicitud de protección temporal debe además haber cumplido sus obligaciones militares en Ucrania (acreditándolo cuando proceda). Esta condición no afecta a quien ya disfrutaba de la protección antes del 4 de agosto de 2026 (inclusive) y la conserva sin interrupción en ese mismo Estado miembro. Más detalle en la Decisión (UE) 2026/1912.
Dónde se presenta: comparecencia personal en los CREADE de Pozuelo (Madrid), Barcelona y Málaga o en una comisaría de Policía Nacional habilitada (p. ej. Valencia, sin CREADE). El CREADE de Torrevieja da cita para información y acceso a la acogida; para solicitar la protección allí, la página oficial remite a la comisaría local. Direcciones de los 4 centros: centros CREADE.
Cita previa: se solicita por teléfono, en las líneas de cada centro publicadas en la web oficial del Ministerio de Inclusión — UcraniaUrgente; no hay email único ni portal online.
Documentos (según la fuente oficial):
- Pasaporte, documento de identidad o documento de viaje (para personas sin pasaporte: documento de viaje p. ej. de la ONU/Convención).
- Para familiares: acta de matrimonio, certificado de nacimiento o de adopción.
- Otras nacionalidades residentes legalmente en Ucrania: acreditar que no pueden regresar con seguridad.
Qué se obtiene: durante la comparecencia, la Policía hace foto + huellas y entrega un resguardo con tu NIE; la Oficina de Asilo y Refugio resuelve en máx. 24 h (Orden PCM/169/2022), reconociendo residencia y trabajo. Después solicita la TIE por cita previa. La protección temporal en sí está prorrogada hasta el 4 de marzo de 2028. Sin embargo, la validez de las TIE ya expedidas solo se prorrogó hasta 2027 mediante la Orden INT/96/2026; todavía no se ha localizado una orden equivalente para 2028, comprueba la fuente oficial. Trámites complementarios habituales: empadronamiento y tarjeta sanitaria.
Pasos:
- Pide cita previa por teléfono en un CREADE o, si no hay en tu ciudad, en una comisaría de Policía Nacional habilitada.
- Reúne pasaporte, DNI o documento de viaje y, para familiares, actas de matrimonio/nacimiento/adopción.
- Acude en persona (comparecencia): presentas la solicitud y te toman foto y huellas; recibes un resguardo con el NIE.
- La resolución (urgente, máx. 24 h) reconoce residencia y trabajo; después solicita la TIE por cita previa.
Fuentes oficiales: Ministerio de Inclusión — Trámites de Protección Temporal y Orden PCM/169/2022 (BOE-A-2022-3715). Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.
