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Deducción por doble imposición internacional (art. 80 LIRPF)

Deducción por doble imposición internacional (art. 80 LIRPF)
Administración de la Agencia Tributaria en Alcorcón (Madrid). Foto: Zarateman / Wikimedia Commons, CC0 (recortada).

Contrastado con la fuente oficial: 02.10.2026 · Cómo verificamos

En breve: La deducción por doble imposición internacional (art. 80 de la ley del IRPF, el impuesto de la Renta) descuenta de tu impuesto en España lo que ya pagaste fuera por un ingreso del extranjero. Tiene tope: se aplica la menor de dos cantidades, el impuesto pagado fuera o el que te saldría en España por esa parte de la renta. Según una entrada de la AEAT de marzo de 2026 (consulta INFORMA 148848), la parte de la base que cuenta es la determinada conforme a la normativa interna del IRPF y gravada en el extranjero. Para pedirla hay que presentar la Renta y guardar el justificante del impuesto pagado fuera.

Qué dice la AEAT. INFORMA es el servicio de información tributaria de la Agencia Tributaria (AEAT), con respuestas a consultas de contribuyentes. Su página de novedades de marzo de 2026 incluye la consulta 148848. Según la AEAT, para aplicar la deducción la «parte de base liquidable gravada en el extranjero» del art. 80.1.b) debe entenderse como la parte de la base, determinada con la normativa interna del IRPF, que fue objeto de gravamen fuera. La AEAT cita la resolución 8643/2023, de 20 de octubre de 2025, del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), el órgano administrativo que resuelve reclamaciones tributarias. Solo hemos podido leer ese resumen: el visor de la consulta completa no mostró su texto y no hemos leído la resolución.

Quién puede aplicarla. Quien es residente fiscal en España y tiene rendimientos (de trabajo, de capital o de una actividad) o ganancias patrimoniales obtenidos y gravados en el extranjero (art. 80.1). Como residente declaras tu renta de cualquier país, así que ese ingreso entra en el IRPF. La deducción busca que no tribute dos veces. Si el otro país no gravó el ingreso, no hay nada que deducir.

Cómo se calcula. Se deduce la menor de dos cantidades (art. 80.1):

  • El impuesto pagado fuera: el importe efectivamente satisfecho en el extranjero por un impuesto de naturaleza idéntica o análoga al IRPF o al IRNR (el impuesto de los no residentes) sobre esos ingresos.
  • El tope español: el resultado de aplicar tu tipo medio efectivo de gravamen a la parte de la base liquidable gravada en el extranjero.

El tipo medio efectivo es un porcentaje: tu cuota líquida total dividida entre tu base liquidable y multiplicada por 100, con dos decimales. La cuota líquida total es el impuesto del IRPF, parte estatal más autonómica, antes de esta deducción. La base liquidable es la base del impuesto una vez aplicadas las reducciones. El tipo se calcula por separado para la renta general y para la del ahorro (art. 80.2). La deducción se resta de la cuota líquida total (art. 79).

Ejemplo del manual de la AEAT para la Renta 2025: el impuesto pagado fuera suma 2.180 €, 1.100 € por la renta general y 1.080 € por la del ahorro. Con los tipos medios del ejemplo, 17,10 % en la renta general y 16,60 % en la del ahorro, el tope español sale en 1.885,20 €. Se deducen 1.885,20 €, la menor de las dos. La diferencia hasta lo pagado fuera no se deduce, y el texto del art. 80 no prevé trasladarla a otros años. El ejemplo supone que no existe convenio entre España y el país de la renta; con Ucrania se aplica el de 1985 (más abajo).

Qué cuenta como impuesto «análogo». La ley no da una lista de impuestos extranjeros: pide uno de naturaleza idéntica o análoga al IRPF o al IRNR. La ayuda de la AEAT para la Renta habla del importe efectivo satisfecho «por razón de gravamen de carácter personal». Si el impuesto de tu país encaja es una cuestión de interpretación, caso a caso.

El convenio con Ucrania y las rentas exentas.

  • El convenio entre España y el otro país reparte qué Estado puede gravar cada renta, y la ley del IRPF se entiende sin perjuicio de los convenios (art. 5). Con Ucrania se aplica el convenio de 1985 con la URSS; su estado y el del convenio nuevo están en la ficha de residencia fiscal.
  • El art. 16 del convenio de 1985 dice que, para las rentas que el convenio permite gravar en el otro Estado, el Estado de residencia elimina la doble imposición de acuerdo con su legislación. No fija un método propio. El manual de la AEAT dice que la deducción tiene por objeto evitar que una renta obtenida fuera tribute en el IRPF y también en un impuesto análogo del otro país. Su ejemplo supone que no existe convenio entre España y el país de la renta.
  • La ley (art. 98.2.a) cita a quien tiene «rentas exentas con progresividad» por un convenio: no puede confirmar el borrador tal cual. Qué rentas son esas, y si hay alguna con Ucrania, no lo hemos confirmado.

Dónde se pone en Renta WEB. La ayuda de presentación de la AEAT para la Renta 2025 (apartado 8.7.3.1, Deducción por doble imposición) dice que el programa abre una ventana de captura de datos. Allí indicas por separado:

  • Renta general: los rendimientos netos del trabajo obtenidos fuera (ingresos íntegros menos gastos deducibles), los rendimientos netos reducidos del capital y de actividades económicas, las ganancias patrimoniales y el importe efectivo de lo satisfecho fuera.
  • Renta del ahorro: el rendimiento neto reducido del capital mobiliario obtenido fuera o, si es una ganancia patrimonial, la ganancia sometida a tributación, y el importe efectivo de lo satisfecho fuera.

Quien tiene derecho a la deducción está obligado a presentar la declaración (art. 96.4), y quien la ejercita no puede confirmar el borrador tal cual (art. 98.2): hay que modificarlo y presentar. No damos números de casilla porque no los hemos confirmado en la ayuda. Es la ayuda de la Renta 2025; la de la Renta 2026, que se presenta en 2027, la publicará la AEAT más adelante.

Documentos

  • Justificante del impuesto efectivamente pagado fuera, con importe, año y tipo de impuesto: por ejemplo, certificado de retenciones del pagador, recibo de pago o declaración del otro país.
  • Justificantes del ingreso del extranjero: nóminas, certificado de pensión o extractos, con importes y país.
  • Los datos para calcular la renta neta: ingresos íntegros y gastos deducibles.
  • Certificado de residencia fiscal en España, solo si el pagador extranjero lo pide (cómo pedirlo).

Lista orientativa: en lo que hemos leído, ni la ley ni la ayuda de la AEAT detallan qué documento vale; guarda el que muestre el importe pagado. Quien reclama un derecho debe probarlo (art. 105 de la Ley General Tributaria) y la AEAT puede revisar hasta 4 años (art. 66).

Qué puedes hacer

  • Comprueba si eres residente fiscal en España ese año.
  • Reúne los justificantes de la lista y guárdalos al menos 4 años.
  • En Renta WEB, sigue la ayuda 8.7.3.1 y añade por separado la renta general y la del ahorro con su impuesto pagado fuera.
  • Presenta la declaración sin confirmar el borrador tal cual.
  • Si dudas del impuesto de tu país, de un convenio o de la moneda, consulta a un asesor fiscal.

Lo que no hemos confirmado

  • Si el impuesto único de un FOP ucraniano cuenta como impuesto pagado fuera para esta deducción. No hemos localizado consulta oficial.
  • Cómo se trata un ingreso que un convenio deja exento, y si se deduce todo lo retenido cuando el otro país retuvo más de lo que permite el convenio.
  • Cómo se convierte a euros un ingreso en otra moneda.
  • El texto completo de la consulta 148848 y de la resolución 8643/2023 del TEAC.

Qué no cubre esta ficha. Si tienes cuentas o bienes fuera de España, existe además el Modelo 720. Para un sueldo de una empresa extranjera, mira teletrabajo para empresa extranjera, y para los límites y la primera Renta, declaración de la Renta de extranjeros residentes.

Fuente oficial: AEAT, novedades INFORMA de marzo de 2026, consulta 148848; art. 80 de la ley del IRPF, BOE.

Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.

Fuente oficial: sede.agenciatributaria.gob.es

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