Subvenciones para jóvenes emprendedores en la Sierra de Segura: la Diputación de Jaén (la administración de la provincia) ofrece 120.000 € a jóvenes que hayan creado una empresa en esa comarca. Cubre hasta el 50 % del proyecto, con un máximo de 12.000 € por empresa, y la solicitud llega hasta el 31 de diciembre de 2026.
Qué cambia para ti hoy
Si tienes menos de 35 años, estás empadronado en la Sierra de Segura y te diste de alta como autónomo desde el 1 de abril de 2026, esta ayuda te interesa. Si tu negocio o tu empadronamiento están fuera de esa comarca, no cambia nada para ti. Las ayudas generales de Andalucía están en la ficha Ayudas para autónomos en Andalucía, y la cuota reducida del primer año, en Tarifa plana de autónomos 2026.
Qué ha pasado
La Diputación Provincial de Jaén publicó la convocatoria, que figura en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el número 937990. Forma parte de la Estrategia de Desarrollo Territorial Integrada de la Sierra de Segura. Se concede en concurrencia competitiva: las solicitudes se comparan entre sí, no basta con cumplir los requisitos. La BDNS registra el extracto con fecha de publicación del 28 de octubre de 2026 en el BOP (boletín oficial de la provincia).
Cómo es ahora
Para trabajar por cuenta propia hace falta el alta como autónomo, con una autorización que lo permita. El procedimiento se explica en Alta de autónomo extranjero en la Comunitat Valenciana (es la ficha valenciana, útil como guía de los pasos). Esta subvención se suma a lo que ya existe, no lo sustituye.
Qué cambia
- Importe: 120.000 € en total. Cada empresa recibe hasta el 50 % del proyecto, con tope de 12.000 €.
- Para qué: inversión en bienes nuevos y de uso duradero para la actividad (inmovilizado material). Según el extracto, no se pagan suministros, publicidad, software ni páginas web. La inversión debe mantenerse al menos 36 meses.
- Quién puede (persona física): alta como autónomo desde el 1 de abril de 2026 y antes de pedir la ayuda, sin haber sido autónomo en los tres meses anteriores al alta, menos de 35 años a la fecha de la solicitud, empadronamiento en un municipio de la comarca y actividad con domicilio en ella.
- Quién puede (sociedad): inscrita en el Registro Mercantil desde el 1 de abril de 2026, con domicilio social, fiscal y de actividad en la comarca, y con el 75 % del capital a nombre de personas que cumplan los requisitos anteriores (o, como mínimo, el 51 % del capital si esas personas son al menos la mitad de los socios). Quedan fuera las comunidades de bienes, las sociedades civiles y quien esté de alta como familiar colaborador.
- Extranjeros: el extracto no menciona la nacionalidad. Lo que exige es el alta de autónomo, la edad y el empadronamiento; confírmalo en las bases.
- Plazo: desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP hasta el 31 de diciembre de 2026.
Qué pasará ahora
Los gastos cuentan desde el 1 de abril de 2026 hasta seis meses después de que el BOP publique la resolución definitiva. El pago es único y llega después de justificar la inversión. Según el extracto, la documentación justificativa se presenta en los tres meses siguientes al fin del plazo de ejecución; la fecha del pago no consta. Las fechas de resolución no constan en la BDNS.
Qué puedes hacer
- Lee el extracto y el texto de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: la documentación y los criterios de valoración están en las bases (artículos 10 y 15 de la convocatoria, según el extracto).
- Comprueba tu fecha de alta como autónomo: tiene que ser desde el 1 de abril de 2026. Si todavía no te has dado de alta, el orden importa; consulta las bases antes.
- La presentación se hace por la sede electrónica de la Diputación de Jaén (https://sede.dipujaen.es/AyudaSubvenciones).
- Mira las convocatorias abiertas de otras zonas en convocatorias para emprendedores.
Fuente oficial: Base de Datos Nacional de Subvenciones, convocatoria 937990.
Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.