La protección temporal para quienes han salido de Ucrania tiene, desde el 5 de agosto de 2026, una condición nueva sobre obligaciones militares. Quien presente una solicitud nueva debe haber cumplido sus obligaciones militares en Ucrania y, cuando proceda, aportar pruebas. Lo fijó la Decisión de Ejecución (UE) 2026/1912 del Consejo, la misma que prorroga la protección hasta el 4 de marzo de 2028.
Qué cambia para ti hoy
Si ya tenías protección temporal en un Estado miembro de la UE hasta el 4 de agosto de 2026 inclusive y la mantienes sin interrupción en ese mismo Estado, la condición no se te aplica. Si vas a presentar una solicitud nueva, sí: lleva la prueba contigo. El procedimiento sigue igual y está en la ficha de cómo solicitar la protección temporal. El texto de la norma, con la prórroga, está en la ficha de la Decisión (UE) 2026/1912.
Qué ha pasado
El Consejo de la UE adoptó la Decisión el 30 de julio de 2026 y el Diario Oficial de la UE la publicó el 4 de agosto. Entró en vigor el 5 de agosto. Además de la prórroga, el artículo 2 dice que la protección temporal solo se concede a quien haya cumplido sus obligaciones militares en Ucrania, con pruebas cuando proceda.
El 5 de agosto se publicó también una corrección de errores que fijó las fechas de ese artículo: la condición se aplica desde el 5 de agosto de 2026 y deja fuera a quien tenía protección hasta el 4 de agosto inclusive. El texto inicial hablaba del 30 y el 31 de julio.
Cómo es ahora
El procedimiento no ha cambiado:
- Dónde: en persona, con cita por teléfono, en los CREADE de Pozuelo (Madrid), Barcelona o Málaga o en una comisaría de Policía Nacional habilitada (listado de comisarías). El CREADE de Torrevieja (Alicante) no recibe solicitudes: su cita es para información y acceso al sistema de acogida, y para solicitar hay que ir a una comisaría. Direcciones en la ficha de los centros CREADE.
- Qué llevas y qué recibes: pasaporte o documento de identidad o de viaje. En la comparecencia te toman foto y huellas y te dan un resguardo con tu NIE. La resolución llega en un máximo de 24 horas (Orden PCM/169/2022).
- Cuánto dura: la protección está prorrogada hasta el 4 de marzo de 2028.
- Página oficial: el trámite está descrito en la página del Ministerio de Inclusión.
Qué cambia
- Antes del 5 de agosto de 2026: la solicitud no incluía esta condición.
- Desde el 5 de agosto de 2026, en solicitudes nuevas: además hay que haber cumplido las obligaciones militares en Ucrania, con pruebas cuando proceda.
- Cómo se prueba (considerando 18): la salida legal de Ucrania, con el cruce de frontera o el sello de salida en el pasaporte, sirve como prueba de que saliste con permiso. Si la legalidad de la salida no se puede confirmar, hace falta un documento oficial fácil de verificar, en papel o electrónico (por ejemplo, de la app Reserv+), que confirme la exención o el cumplimiento. La prueba corresponde a quien solicita.
- A quién alcanza (considerando 20): los ucranianos no sujetos a reclutamiento también pueden tener obligaciones militares, con independencia de su edad o género, por haberse alistado o por responsabilidades ligadas a actividades militares.
- Dónde rige: es una decisión de la UE, igual en toda España. No depende de la provincia ni del centro.
Qué pasará ahora
A 27 de octubre de 2026, la página oficial del procedimiento aún no recoge esta condición. Qué documento acepta cada comisaría o CREADE, pregúntalo allí al pedir la cita.
Qué puedes hacer
- Si vas a presentar una solicitud nueva, lleva el pasaporte. Si tiene el sello de salida de Ucrania, esa es la prueba de salida autorizada.
- Si no hay sello o la salida no se puede confirmar, prepara antes un documento oficial verificable que confirme la exención o el cumplimiento, en papel o electrónico. La Decisión cita la app Reserv+ como ejemplo; la ficha del consulado de Ucrania y el e-VOD explica qué es el e-VOD de esa app.
- Si te alistaste o tienes responsabilidades ligadas a actividades militares, prepara la prueba aunque no estés sujeto a reclutamiento, sea cual sea tu edad o género.
- Pide la cita por teléfono en el centro que te corresponda y pregunta allí qué documento aceptan.
Fuente oficial: Decisión de Ejecución (UE) 2026/1912 · Corrección de errores · Trámites de protección temporal, Ministerio de Inclusión.
Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.