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Mudarse a España con mascota: microchip, rabia, test de anticuerpos y registro al llegar

Mudarse a España con mascota: microchip, rabia, test de anticuerpos y registro al llegar
Terminal 4 del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas. Foto: Diego Delso / Wikimedia Commons, CC BY-SA 3.0 (recortada).

Contrastado con la fuente oficial: 01.10.2026 · Cómo verificamos

En breve: para mudarte a España con mascota (perro, gato o hurón) necesitas microchip, vacuna de la rabia y un documento de viaje. Si vienes de la UE basta el pasaporte europeo. Si vienes de fuera, hace falta un certificado zoosanitario y, según el país, un test de anticuerpos de la rabia que obliga a esperar 90 días. Al llegar, el animal se inscribe en el registro de tu comunidad autónoma. Las normas de viaje son nuevas: desde el 22 de abril de 2026 rige el Reglamento Delegado (UE) 2026/131.

¿Presencial o por representante? El animal viaja contigo o con una persona que autorices por escrito, como máximo 5 días antes o después de tu viaje (MAPA). Cómo se hace la inscripción depende de tu comunidad: pregunta a tu veterinario o al ayuntamiento. Para la licencia de perro potencialmente peligroso la fuente no dice si se admite representante: prepara la visita en persona y pregunta en tu ayuntamiento.

Antes de viajar: depende de dónde vienes

  • Desde otro país de la UE: microchip, vacuna de la rabia vigente y pasaporte europeo con los apartados de propietario, descripción, marcado, expedición y vacuna rellenos. Edad mínima en España: 15 semanas; España no autoriza la entrada de animales más jóvenes.
  • Desde un país tercero de las listas del Reglamento de Ejecución (UE) 2026/636: microchip, vacuna de la rabia y certificado zoosanitario, sin test de anticuerpos. En la lista están, entre otros, Argentina, Chile, México, Estados Unidos, Reino Unido, Japón y Australia; en junio de 2026 se añadieron Montenegro y Serbia (Reglamento 2026/1228). Andorra, Suiza, Gibraltar y los demás países del anexo I se tratan como la UE: el MAPA pide los mismos requisitos que desde un país de la UE. Además, no hace falta pasar por un punto de entrada de viajeros (art. 15 del Reglamento 2026/131).
  • Desde un país tercero que no está en las listas: todo lo anterior más el test de anticuerpos de la rabia. Ucrania, Colombia, Venezuela, Marruecos, Rusia, Ecuador, Perú, Brasil y Honduras no figuran en las listas. Las excepciones de 2022 para mascotas de Ucrania terminaron el 15 de marzo de 2023 (UcraniaUrgente).

Los plazos que más se olvidan

  • La vacuna de la rabia vale si se puso con 12 semanas o más y han pasado 21 días desde la primera dosis.
  • Test de anticuerpos: la sangre se saca al menos 30 días después de vacunar, en un laboratorio autorizado por la UE, con resultado de 0,5 UI/ml o más. El animal solo puede entrar 90 días después de la extracción. Por eso, desde un país sin lista, la edad mínima es de 7 meses y el MAPA calcula un mínimo de 3 a 4 meses de preparación. Si mantienes las revacunaciones al día, el test vale para toda la vida del animal.
  • El certificado zoosanitario lo firma un veterinario oficial del país de salida (o lo refrenda su autoridad) como máximo 10 días antes de entrar en la UE. Vale 6 meses desde el control en la frontera, o menos si antes caduca la vacuna (arts. 18 y 19 del Reglamento Delegado 2026/131).
  • Máximo 5 animales por viaje no comercial, salvo concursos, exposiciones o actividades deportivas.

En la frontera: desde un país tercero se entra por un punto de entrada de viajeros (lista en la página del MAPA) y se declara el animal a la Guardia Civil o a la aduana, que lee el microchip. Si no se cumplen los requisitos, las preguntas frecuentes del MAPA citan como consecuencias la cuarentena, la reexpedición al país de origen o, como última opción, la eutanasia, con todos los gastos a cargo del propietario. Un pasaporte del modelo anterior expedido antes del 22 de abril de 2026 sigue valiendo (art. 31 del Reglamento 2026/131).

Después de llegar

  • Registro: perros, gatos y hurones llevan microchip y se inscriben en el Registro de Animales de Compañía de tu comunidad autónoma (art. 51 de la Ley 7/2023). Un animal que llega de otro país de la UE conserva su pasaporte original, pero también se inscribe. El nombre del registro y el trámite cambian según la comunidad: pregunta a tu veterinario o en tu ayuntamiento.
  • Gatos: la Ley 7/2023 pide microchip y esterilización antes de los 6 meses, salvo reproductores de un criador registrado (art. 26).
  • Perros, curso y seguro: la Ley 7/2023 está en vigor desde el 29 de septiembre de 2023. Su art. 30 pide un curso gratuito de tenencia de perros y un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros. Pero el contenido del curso y la cuantía del seguro se fijarán por reglamento, y ese reglamento seguía en fase de proyecto (borrador de junio de 2025); no hemos encontrado su publicación en el BOE (búsqueda 2026-10-01). El Ministerio de Derechos Sociales, en sus preguntas frecuentes, lo presenta como obligatorio y dice que algunos seguros del hogar ya lo incluyen. Más detalle en la ficha seguro obligatorio para perros.
  • Perro potencialmente peligroso: son las razas del anexo I del RD 287/2002 (por ejemplo Pit Bull Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino o Akita Inu), sus cruces y los perros con los rasgos del anexo II. Para entrar con él en España y tenerlo hace falta licencia municipal (Ley 50/1999, arts. 3 y 4). Requisitos: ser mayor de edad, sin ciertas condenas, certificado de capacidad física y aptitud psicológica y seguro de RC de al menos 120.000 €. La licencia dura 5 años. Tras obtenerla, tienes 15 días para inscribir al perro en el registro municipal. En la calle: bozal y correa no extensible de menos de 2 metros, un perro por persona. Tu comunidad y tu ayuntamiento pueden tener normas propias.

Seguro de RC y seguro veterinario no son lo mismo. El de responsabilidad civil paga los daños que tu perro cause a otras personas o a sus cosas. El veterinario es voluntario y cubre gastos de tu animal (consultas, operaciones). Antes de contratar, mira en la póliza si incluye la RC.

Documentos

  • Microchip (o tatuaje legible puesto antes del 3 de julio de 2011).
  • Pasaporte europeo (desde la UE) o certificado zoosanitario del modelo UE (desde un país tercero).
  • Declaración de viaje no comercial (desde un país tercero).
  • Copia certificada de la vacunación de la rabia.
  • Informe del laboratorio con el test de anticuerpos (solo países sin lista).
  • Autorización escrita si el animal viaja con otra persona.

Lista orientativa basada en el MAPA y el Reglamento Delegado (UE) 2026/131; puede estar incompleta, compruébala en la fuente.

Esquema para viajar a España con mascota: comprobar la lista de países, microchip y vacuna de la rabia, test de anticuerpos si hace falta, certificado zoosanitario, punto de entrada de viajeros e inscripción en el registro autonómico
Requisitos para entrar en España con perro, gato o hurón (Reglamento Delegado (UE) 2026/131).

Pasos:

  1. Mira en qué lista está tu país en el Reglamento 2026/636. Si no está, empieza al menos 3 o 4 meses antes.
  2. Microchip y vacuna de la rabia en tu veterinario; espera 21 días tras la primera dosis.
  3. Solo si tu país no está en la lista: test de anticuerpos en un laboratorio autorizado, al menos 30 días después de vacunar, y espera 90 días.
  4. Certificado zoosanitario y declaración con el veterinario oficial, como máximo 10 días antes de entrar en la UE. Desde la UE, revisa el pasaporte.
  5. Entra por un punto de entrada de viajeros y declara el animal en la frontera (MAPA).
  6. En España: inscribe al animal en el registro de tu comunidad; cómo se hace lo decide cada comunidad (pregunta a tu veterinario o al ayuntamiento). Con perro potencialmente peligroso, pide la licencia en tu ayuntamiento.

Fuente oficial: MAPA, viajar con perros, gatos y hurones + Reglamento Delegado (UE) 2026/131 + Ley 7/2023.

Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.

Fuente oficial: mapa.gob.es

En vídeo: esta guía explicada

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