En breve: con matrícula extranjera en España puedes circular como visitante; como residente, solo durante el plazo para matricularlo: si vives aquí, el coche que usas debe estar matriculado en España. La circulación queda sujeta al impuesto de matriculación (IEDMT) si no pides la matrícula en 30 días desde que empiezas a usar el coche en España. Son 60 días si te mudas y te aplican la exención por traslado de residencia. Para coches de la UE, la guía oficial habla de un mes desde que eres residente. Si vives fuera de la UE y vienes de visita con tu coche, matriculado fuera de la UE, puede ir en importación temporal: en general, hasta 6 meses. Entra sin derechos de aduana y debe volver a salir.
¿Presencial o por representante? Es mixto. La ITV (inspección técnica) exige presentar el coche físicamente en la estación; las fuentes no dicen si tiene que llevarlo el titular. La DGT (Tráfico) matricula online, en su registro electrónico, o en una Jefatura con cita previa. En la importación temporal, si la Aduana pide una declaración normal, la puede presentar el viajero o un representante aduanero (NI GA 15/2022). Para el resto, las fuentes no dicen si otra persona puede hacerlo por ti: verifica en la DGT o con un gestor.
Según tu situación:
- Ciudadano de la UE de paso con un coche de la UE: según la guía oficial, no hace falta ningún trámite para circular.
- Vives fuera de la UE y visitas España con tu coche, matriculado fuera de la UE a tu nombre: puede ir en importación temporal. El plazo general es de 6 meses; para estudiantes, lo que dure su estancia de estudios; para quien viene a una misión por tiempo fijo, lo que dure la misión (arts. 212 y 217 del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446). Se puede declarar de palabra o por acto presunto, sin garantía, salvo grave riesgo de incumplimiento (por ejemplo, que el coche se quede en la UE): entonces la Aduana puede exigir una declaración normal con garantía.
- Te haces residente con un coche matriculado en la UE: hay que matricularlo en España en tres pasos: ITV (ficha técnica en formato español), impuestos (impuesto de matriculación en la AEAT, con justificante de pago, exención o no sujeción, e impuesto de circulación del Ayuntamiento) y solicitud en la DGT. La guía oficial da un mes desde que eres residente.
- Te haces residente con un coche de fuera de la UE: primero Aduana, luego ITV, impuestos y DGT (guía completa). Con la exención por traslado de residencia, la AEAT da 12 meses desde que estableces tu residencia normal para el despacho en Aduana; hasta entonces, mientras no seas residente en la UE, el coche puede ir en importación temporal. Son dos plazos distintos: el de Aduana (12 meses) y el de la matrícula y el IEDMT (30 días, o 60 con exención). Los 12 meses de Aduana no amplían los 30 o 60 días del IEDMT, y para matricular hace falta antes el despacho de Aduana.
- Tienes Protección Temporal y un coche con matrícula ucraniana: mira la tarjeta para Ucrania, con el traslado de residencia y el Modelo 05.
Desde cuándo cuentan los 30 días: si el coche estuvo en importación temporal o con matrícula turística, desde que sale de ese régimen. En los demás casos, desde que entra en España. Si esa fecha no se puede probar, cuenta la posterior entre la compra del coche y la fecha desde la que se te considera residente (art. 65.1.d de la Ley 38/1992).
Si no matriculas a tiempo: la obligación de matricular que fija esta ley no se exige si, dentro de los 30 o 60 días del IEDMT, haces una de estas tres cosas: autoliquidar e ingresar el impuesto; pedir a la AEAT el reconocimiento previo de no sujeción o exención; o presentar una declaración de exención (disposición adicional primera, apartado 2). Tampoco se exige si la Administración ya liquidó el impuesto y lo pagaste (apartado 3). La ley lo dice «sin perjuicio» de las normas específicas de matriculación: las reglas de Tráfico siguen aplicándose y, según la guía oficial, el residente con coche de la UE debe matricularlo. Si no haces nada de esto, cuando la Administración tributaria o Tráfico detecta el incumplimiento, te da 5 días para matricular el coche o presentar un aval o un seguro de caución que garantice el impuesto. Pasado ese plazo pueden inmovilizar el coche hasta que regularices tu situación (disposición adicional primera, apartado 4, Ley 38/1992). Si ves que no llegas, la DGT puede dar placas verdes temporales para 2 meses, prorrogables, mientras terminas el trámite (guía oficial).
Seguro:
- Con matrícula española, definitiva o temporal (también las placas verdes), el coche tiene su «estacionamiento habitual» en España y el seguro de responsabilidad civil español es obligatorio (art. 2 del RDLeg 8/2004). Según la DGT, con placas verdes puedes circular mientras tramitas la matrícula definitiva siempre que el coche esté asegurado. Más en seguro de coche para extranjeros.
- Con matrícula extranjera: una póliza obligatoria de un país de la UE garantiza en otro Estado miembro la cobertura mínima que exige la ley de ese Estado, según las preguntas frecuentes de OFESAUTO. Si entras desde fuera del Espacio Económico Europeo (EEE) con un coche de un país no adherido al acuerdo de las oficinas nacionales de seguros, la Aduana puede exigir un seguro obligatorio con las condiciones de la ley española. Si no lo tienes, debe denegar la entrada. OFESAUTO gestiona los certificados internacionales de seguro y los seguros en frontera. Pregunta a tu aseguradora qué cubre tu póliza en tu caso.
Carnet de conducir: el permiso extranjero tiene su propio plazo y trámite: canje de permiso de conducir extranjero.
Pasos:
- Mira tu caso en la lista de arriba. Si eres visitante, no hay que matricular; si tu coche va en importación temporal, respeta su plazo. Si eres residente, sigue.
- Coche de fuera de la UE: Aduana y, si te corresponde, la exención por traslado de residencia (Modelo 06 del IEDMT).
- ITV: ITV de primera matriculación. En coches de la UE sale la ficha técnica en formato español (sin Aduana; documentos en la guía oficial).
- Impuestos y DGT: pasos finales: impuesto de matriculación, impuesto de circulación y solicitud en la DGT, online o con cita previa (para coches de la UE, sin Aduana; documentos en la guía oficial).
- Si no llegas a tiempo: pide a la DGT las placas verdes (2 meses, prorrogables; con el coche ya asegurado en España).
- Seguro: contrata el seguro obligatorio español (seguro de coche).
Los documentos de cada paso están en las tarjetas enlazadas; este resumen puede estar incompleto, compáralo con la página oficial de la DGT.
Fuentes oficiales: BOE: Ley 38/1992, DGT: importar un vehículo de fuera de la UE, Tu espacio europeo.
Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.