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Ceuta añade una parcela del Centro Penitenciario a la acogida de migrantes (RD 761/2026)

📰 Noticia del 30.09.2026
Ceuta añade una parcela del Centro Penitenciario a la acogida de migrantes (RD 761/2026)
Vista del puerto y la ciudad de Ceuta desde el monte Hacho. Foto: ledpup / Wikimedia Commons, CC BY-SA 2.0 (recortada).

Contrastado con la fuente oficial: 30.09.2026 · Cómo verificamos

Ceuta añade una parcela del Centro Penitenciario a los espacios de acogida temporal de migrantes. Lo hace el Real Decreto 761/2026, que el BOE publicó el 30 de septiembre y que se aplica desde ese mismo día. Solo cambia la lista de terrenos del Estado: el régimen de seguridad nacional en Ceuta sigue hasta el 31 de diciembre de 2026.

Qué cambia para ti hoy

Para la mayoría de las personas, nada. El decreto no crea trámites ni derechos nuevos y no toca ningún plazo. Lo que permite el régimen de seguridad nacional lo explica nuestra ficha sobre el Real Decreto 681/2026.

Qué ha pasado

El Real Decreto 761/2026 está fechado el 29 de septiembre y el BOE lo publicó el 30. Tiene un solo artículo: añade al Anexo I del Real Decreto 681/2026, la lista de recursos del Estado, una parcela del Centro Penitenciario de Ceuta cedida por el Ministerio del Interior. Es el punto 8 de la lista de terrenos e infraestructuras. El Anexo prevé que los recursos de la lista se utilicen «en su caso»: figurar en ella no significa por sí solo que la parcela vaya a usarse.

El preámbulo da el motivo. Desde el inicio de la crisis de finales de julio, una de las máximas prioridades del Gobierno ha sido el retorno de los migrantes irregulares que siguen en Ceuta, con pleno respeto a la normativa aplicable, y hay que ir adaptando los espacios de acogida temporal. Los nuevos espacios que se incorporen deben generar un menor impacto en las actividades de la población de Ceuta. De esta parcela en concreto, el preámbulo dice que tiene una ubicación idónea y una superficie óptima para facilitar la gestión.

La propuesta salió del órgano de situación del régimen, que reúne a los departamentos implicados. El 24 de septiembre, con participación de Ceuta, valoró qué espacios había disponibles y elevó los cambios al Consejo de Seguridad Nacional para su informe. El Consejo lo dio en su reunión del 29 de septiembre. Con ese informe previo, el artículo 4 del Real Decreto 681/2026 permite al Presidente del Gobierno modificar el alcance del régimen.

No es el primer ajuste: el Real Decreto 706/2026, del 1 de septiembre, ya cambió las listas de espacios de los dos anexos.

Cómo es ahora

El Real Decreto 681/2026 declaró en Ceuta la situación de interés para la Seguridad Nacional el 25 de agosto (BOE del 26), tras la entrada irregular de migrantes los días 30 y 31 de julio. Es un mecanismo de la Ley 36/2015 de Seguridad Nacional que permite coordinar los recursos de varias administraciones ante una crisis grave. Lo coordina el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática junto con el Consejo de Seguridad Nacional. No suspende derechos fundamentales y no crea trámites para las personas. Dura hasta el 31 de diciembre de 2026. Hasta este cambio, la lista de terrenos e infraestructuras del Anexo I tenía 7 puntos.

Qué cambia

  • Antes: la lista de terrenos e infraestructuras del Estado en Ceuta tenía 7 puntos. Ahora: tiene 8, con la parcela del Centro Penitenciario.
  • Sin cambio: la duración (hasta el 31 de diciembre de 2026), el territorio, el ministro que coordina y el resto de las medidas del Real Decreto 681/2026.
  • Lo que el texto no dice: cuántas plazas tendrá la parcela, si llegará a usarse y cuándo, ni qué servicios habrá.

Qué pasará ahora

  1. El decreto ya está en vigor, desde el 30 de septiembre.
  2. El régimen sigue hasta el 31 de diciembre de 2026. Antes de esa fecha, el Presidente del Gobierno, previo informe del Consejo de Seguridad Nacional, puede prorrogarlo, cambiar su alcance o darlo por terminado anticipadamente.
  3. El régimen ya se ha modificado dos veces, el 1 y el 29 de septiembre. El texto no anuncia otros cambios ni fechas.
  4. El Gobierno debe informar al Congreso de las medidas y de cómo evoluciona la situación.
  5. Revisaremos esta noticia antes del 31 de diciembre para ver si el régimen se ha prorrogado o ha terminado.

Qué puedes hacer

  • Lee el texto del Real Decreto 761/2026 en el BOE: es corto y tiene un solo artículo.
  • Si quieres pedir asilo, la solicitud se hace en persona, según la Ley 12/2009. Los pasos están en nuestra ficha sobre asilo.
  • Si tu caso es el de un menor no acompañado, la protección la gestionan los servicios de protección de menores. Nuestra ficha sobre el Real Decreto 556/2026 explica cómo se reparten las plazas.
  • Para un caso concreto, consulta a un abogado o al turno de oficio (asistencia jurídica gratuita), si cumples los requisitos.

Fuente oficial: Real Decreto 761/2026 (BOE-A-2026-20267).

Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.

Fuente oficial: boe.es

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