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Tu parroquia, mezquita o asociación puede pedir hasta 10.000 € para proyectos de convivencia: plazo hasta el 9 de octubre de 2026

Tu parroquia, mezquita o asociación puede pedir hasta 10.000 € para proyectos de convivencia: plazo hasta el 9 de octubre de 2026
Centro Cultural Islámico y Mezquita de Madrid (mezquita de la M-30). Foto: Luis García (Zaqarbal) / Wikimedia Commons, CC BY-SA 3.0 (recortada).

Contrastado con la fuente oficial: 09.09.2026 · Cómo verificamos

En breve: la Fundación Pluralismo y Convivencia (fundación pública del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes) convoca para 2026 130.000 € en subvenciones para que asociaciones, fundaciones y comunidades religiosas de confesiones minoritarias organicen actividades de convivencia y contra la discriminación por motivos religiosos. Hasta 10.000 € por proyecto, que como máximo cubren el 75 % de su coste. Plazo: hasta el 9 de octubre de 2026.

¿Es dinero para ti como persona? No. La ayuda se concede a entidades, no a personas físicas. Si formas parte de una comunidad de fe o de una asociación de tu país de origen, es tu entidad la que puede solicitarla; tú te beneficias de las actividades gratuitas que organice.

Quién puede solicitar (según el extracto BOE-B-2026-29248 y la Orden PJC/834/2025): asociaciones (Ley Orgánica 1/2002), fundaciones (Ley 50/2002) y demás entidades privadas sin ánimo de lucro, «en particular, las entidades religiosas pertenecientes a confesiones minoritarias». Requisitos: sede en España, estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente (para comunidades religiosas, el Registro de Entidades Religiosas). No pueden solicitar empresas, administraciones públicas ni partidos políticos. Una sola solicitud por entidad.

Qué se financia — tres líneas de actuación:

  • Memoria y patrimonio de las minorías religiosas: archivos, exposiciones, rutas, materiales audiovisuales.
  • Diálogo entre creencias y convicciones: encuentros, programas de visitas a centros de culto «para conocer y comprender las diferentes prácticas y tradiciones religiosas», exposiciones y actividades artísticas.
  • Prevención de la intolerancia y la discriminación por motivos religiosos: talleres, campañas, materiales.

Quedan excluidas las actividades de culto propiamente dichas.

Cuantía: crédito total 130.000 €. Máximo 10.000 € por proyecto, que no puede superar el 75 % del coste total — la entidad aporta al menos el 25 % restante. Según las bases, los costes indirectos no pueden superar el 8 % de la ayuda y el 25 % del crédito se reserva a entidades religiosas de confesiones minoritarias inscritas en el Registro de Entidades Religiosas.

Plazo y cómo solicitar: un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOE (9 de septiembre de 2026) → hasta el 9 de octubre de 2026. Solicitud electrónica en la sede del Ministerio: mpr.sede.gob.es, firmada por quien ostente la representación legal de la entidad. Documentación: memoria del proyecto, presupuesto, datos bancarios y declaraciones responsables.

⚠️ Antes de presentar: el proyecto se valora sobre 50 puntos (calidad 24, viabilidad 16, impacto social 10) y necesita al menos 30 para ser financiable. Una entidad que reciba la ayuda debe justificar el gasto y cofinanciar al menos el 25 %; una actividad de culto o de interés meramente privado no encaja.

Bases reguladoras: Orden PJC/834/2025, de 29 de julio. Extracto oficial: BOE-B-2026-29248 · BDNS 928103.

¿Qué significa esto para las personas extranjeras en España? Muchas comunidades religiosas minoritarias del país —parroquias ortodoxas y greco-católicas ucranianas, comunidades musulmanas, iglesias evangélicas latinoamericanas, entre otras— están formadas por personas llegadas de fuera. Esta convocatoria les permite financiar actividades abiertas (jornadas, visitas, exposiciones, talleres contra la discriminación) que tú puedes usar gratis. Para localizar la comunidad de tu confesión cerca de ti: Directorio de lugares de culto del Observatorio del Pluralismo Religioso. Dudas sobre la convocatoria: Fundación Pluralismo y Convivencia, tel. 91 185 89 44, [email protected].

Si sufres discriminación: por origen racial o étnico existe el Servicio de asistencia a víctimas de discriminación del Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica — teléfono gratuito 021, WhatsApp 628 860 507, [email protected]. Ese servicio cubre el origen racial o étnico; para un delito de odio por motivos religiosos, la vía es la denuncia en comisaría o Guardia Civil (consulta los canales actualizados en interior.gob.es).

Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.

Fuente oficial: boe.es

En vídeo: esta guía explicada

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