⛔ Plazo cerrado (17 de septiembre de 2026). Esta convocatoria ya no admite solicitudes.
En breve: la Dirección General de Gestión Migratoria (DGGM) convocó el 14 de agosto de 2026 subvenciones por 500.000 € para organizaciones (no personas individuales) que trabajen en la gestión colectiva de contratación en origen de trabajadores migrantes. Plazo de solicitud: 20 días hábiles desde la publicación en el BOE (20/08/2026).
¿Presencial o por representante? No aplica: no es un trámite personal. Solicitan la subvención entidades (asociaciones, cooperativas), no personas físicas.
Qué financia (BOE-B-2026-27449): cinco tipos de actividad — (1) procesos de selección de trabajadores extranjeros no residentes en España; (2) organización y coordinación de su contratación y traslado; (3) fomento de la continuidad de campañas de temporada (p. ej. agrícolas); (4) asesoramiento sociolaboral a los trabajadores migrantes contratados por esta vía; (5) sesiones informativas y formativas sobre aspectos sociales, culturales y económicos. El máximo por actividad va de 2.500 € a 187.500 €, según el tipo.
Quién puede solicitarla: organizaciones empresariales y sindicales, cooperativas y entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos de la Orden ISM/676/2022 (bases reguladoras) y no incurran en las prohibiciones de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Qué significa esto para ti si eres migrante: la "gestión colectiva de contratación en origen" es un canal legal por el que empresas u organismos en España seleccionan y contratan a trabajadores directamente en su país de origen —antes de que viajen— normalmente para campañas de temporada. Esta convocatoria no da dinero a personas; financia a las entidades que gestionan ese proceso y, una vez seleccionadas, podrán ofrecer asesoramiento sociolaboral gratuito a quienes hayan sido contratados por esta vía. A fecha de esta publicación aún no se conoce qué entidades resultarán beneficiarias.
Dónde consultar: ficha completa en la Base de Datos Nacional de Subvenciones — convocatoria 925527; bases reguladoras: Orden ISM/676/2022.
Fuente oficial: BOE-B-2026-27449.
Información orientativa; consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.
